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La reinserción social a través del Cine

por PÓLEMOS
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José Manuel Ríos Corbacho

Profesor Titular de Derecho Penal de la Universidad Católica de Argentina.

  1. El problema

La resocialización es una institución poco comprendida por la sociedad, cuyo interés es seguir inocuizando al delincuente, esto es, dejarlo de lado, apartarlo de la sociedad. De esta forma no se le conceden oportunidades para vivir en comunidad, abogando por la imposición de penas infinitas que hagan longevo al preso dentro de los recintos carcelarios. Igualmente, debe cumplirse el objetivo principal del pensamiento social, esto es, que el sujeto no cause ningún tipo de molestia a los bien pensantes sociales. Por su parte, el fin inocuizador no resulta plenamente descartable siempre que se observen ciertos requisitos: consentimiento del condenado, pero teniendo en cuenta la experiencia histórica donde se muestra la tendencia a la irregularidad, sobre todo por pretender efectos permanentes, una vez cumplida la condena. Así pues, pensada esta regulación para delincuentes decididamente incorregibles, se llegó a extremos inaceptables como la lobotomía al pretender con esta un efecto resocializador en ciertas ocasiones: la castración de delincuentes sexuales, los tratamientos de electroschoks, etc. Definitiva y felizmente, muchas de las medidas expuestas, supuestamente “curativas” aparecen proscritas por los textos constitucionales (aparece en el art. 15 de la Constitución Española de 1978) al poder conceptuarse como tratos inhumanos y degradantes.

  1. La resocialización en el Derecho positivo

Poniendo como ejemplo el caso español, la institución de la resocialización se estructura fundamentalmente en dos preceptos: el art. 25.2 de la Constitución y el 1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria. El precepto constitucional (seguramente extendido a otras legislaciones similares) ordena orientar las penas privativas de libertad hacia la reeducación y reinserción social: “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación social…”. La análoga idea se plasma en la precitada Ley Orgánica General Penitenciaria, así como el Reglamento que la desarrolla. Dicha Ley, en su artículo primero, dispone que las instituciones penitenciarias “tienen como fin primordial la educación y la reinserción social de los sentenciados a penas y a medidas privativas de libertad”. En referencia al Reglamento Penitenciario, su artículo 2º recoge los fines de la actividad penitenciaria y señala que “la actividad penitenciaria tiene como fin primordial la reeducación y reinserción social de los sentenciados a penas y medidas de seguridad  privativas de libertad”. Debe advertirse que la prisión ha perdido eficacia represiva y de castigo que poseía en tiempos pretéritos, de tal forma que ésta debe servir como vehículo recuperador de las personas que muestran conductas inadaptadas a la sociedad vigente, sobrellevando la institución resocializadora un proceso de introducción del individuo en la sociedad.

En consecuencia, puede concretarse que todo este marco normativo implica que la finalidad sancionadora del Derecho penal trata de devolver al sujeto criminal, una vez cumplida su pena o medida de seguridad, ya reeducado a la sociedad.

  1. El ideal de la resocialización en el cine

A la hora de abordar este aspecto, desde el punto de vista cinematográfico, lo haré en tres puntos: uno primero, dedicado a la magna obra de Stanley Kubrick, La naranja mecánica (1971), auténtico manual de Derecho penal; junto a ella, Cadena Perpetua (1994) de Frank Darabont y otro grupo de películas, quizá de menor repercusión, que vislumbran fielmente el contenido del problema jurídico que abordamos.

  • La naranja Mecánica

El trasfondo de la cinta de Kubrick, junto a la violencia, es la reinserción social del delincuente que en este caso concreto sería el personaje de Alex de Large, jefe de la banda de los drugos. En la segunda parte del film se aprecia la detención, el encarcelamiento y el excarcelamiento de Alex, tras someterse voluntariamente al tratamiento Ludovico, procedimiento éste en el que se advierte una original técnica resocializadora que utilizaría el cineasta americano hace más de cuatro décadas sobre la novela de Anthony Burguess. Una vez que Alex ha realizado determinados actos vandálicos, siendo castigado a una pena de catorce años, se presenta como voluntario para que el Estado pruebe con él el tratamiento reinsertador que se está investigando con la finalidad de conmutar la pena impuesta. La terapia se basaba en el consumo de ciertas drogas que renovarán el maltrecho espíritu de Álex, convirtiéndolo en un ser ejemplar y enteramente a moldado a la sociedad. El propio Kubrick entrevé en su trabajo la idea de evolucionar en el tratamiento penitenciario con la finalidad de obtener ese codiciado ideal resocializador. El Estado, a petición del protagonista, le traslada al centro de orientación médica Ludovico, en el que unos doctores (Dr. Bronsky y Dra. Branon) le aplicarán dicho procedimiento. Subsiguientemente, aparece una resocialización mecanizada. El director del film esboza una desocialización del delincuente mediante las penas largas privativas de libertad, exagerando en el proceso resocializador a aplicar y terminando su obra incidiendo que ciertos criminales no pueden ser reeducados por esas vías. Por tanto, debe ponerse de manifiesto la búsqueda de otros métodos y de penas privativas de libertad de menor duración temporal en aras del interés reeducador, al objeto de que efectivamente se cumpla el mandato constitucional.

  • Cadena perpetua

La clave de esta película viene determinada por la pregunta de si es posible, con este tipo de condenas, llegar a fundamentar la utopía de la resocialización.

En la cinta, el actor principal, Andy, contable de cierto nivel, es condenado a prisión perpetua por el doble asesinato de su mujer y del amante de ésta e ingresado en un centro de máxima seguridad. La temática de la película gira en torno a la naturaleza carcelaria y a la corrupción interna del presidio, mostrando durísimas escenas. Se observa una sociedad carcelaria en la que se pone de manifiesto la innecesariedad de las penas privativas de libertad de larga duración, ejemplificándose en la escena del viejo bibliotecario que es incapaz de adaptarse a dicha sociedad una vez obtenida la libertad (prisionización), finalizando esta intrahistoria con el suicidio. Se observan otros problemas: contagio criminal con respecto a ilícitos como la corrupción; el maltrato tanto de los funcionarios a los presos (tortura) como de los reclusos entre sí, además de delitos contra la libertad sexual. Asimismo, se pone de manifiesto la figura del “error judicial”, ya que el protagonista principal fue condenado sin las suficientes pruebas.

  • Otras películas relacionadas con la reinserción social

En este sentido, pueden citarse algunas películas en las que aparece la prisión como escuela de la delincuencia: La evasión (Jacques Becker, 1960), cuya historia se sitúa en la Francia de 1947, donde Gaspard Claude ha sido acusado del intento de asesinato de su mujer, aunque es inocente. Una vez en la cárcel comparte su celda con otros cuatro criminales que han decidido escapar de la prisión construyendo un túnel. Convencen al joven para que se una al plan de fuga y participe de los trabajos de excavación.

Papillón (Franklin J. Schaffner, 1973), donde se habla no solo de la prisión perpetua sino también del quebrantamiento de condena. Papillón es un hombre condenado por asesinato al que se le envió a una prisión de la Guayana francesa. Durante el viaje en barco conoce al que será su fiel compañero Luis Dega, falsificador de Bonos de la Defensa nacional, un hombre débil, al que el protagonista principal le ofrece protección a cambio del dinero que necesita para huir de la cárcel de la Isla del diablo.

La fuga de Alcatraz (Don Siegel, 1979). En este film, Clint Easwood da vida a un preso, de la década de los 60, inteligente y especializado en fugas, siendo trasladado a Alcatraz, una cárcel de máxima seguridad, situada en la Bahía de San Francisco. Pese a que nunca había conseguido huir nadie de dicho fortín, el protagonista y otros reclusos empiezan a preparar un minucioso plan de fuga.

Existen otras películas que ponen en duda la institución  de la resocialización: Rififi (Jules Dassin, 1955) que supuso un icono para el cine negro de origen francés. Rififi significa “lío” o “barullo”, pues aparece un gran enredo resuelto por los propios compases del celuloide. Tony Stéphanois, tras cumplir cinco años de prisión, sale a la calle con la intención de cambiar su modo de vida, pero se encuentra con una antigua amante que, a su vez, ahora es la pareja de un renombrado gánster. Ante sus escasos recursos económicos decide volver al mundo del hampa, reorganizar de nuevo su banda y preparar un golpe a una joyería parisina. El hombre de Alcatraz (Jonh Frankenheimer, 1962); en este film se habla de una rehabilitación parcial puesto que se produce como un efecto colateral y no del tratamiento en prisión. El protagonista, Robert Stroud ha sido condenado a cadena perpetua al conmutársele una pena de muerte que tenía impuesta. A través de la figura de un gorrión, dicho protagonista se convierte en un avezado ornitólogo y, pese a no salir de prisión, desarrolla un sentido de la libertad que la mayoría de las personas extramuros no poseen. Llamad a cualquier puerta (Nicholas Ray, 1949), cuyo argumento trata de un abogado liberal, surgido de los barrios bajos y la pobreza, que asume la defensa de un joven delincuente acusado de asesinar a un policía. Aquel le engaña durante todo el proceso, llegando a la conclusión de que en este caso no se ha producido el fin resocializador. El Leñador (Nichole Kaseell, 2004), viene a ser una historia dentro de las que acaba con un afán reinsertador por cuanto su protagonista es un hombre cuyo fin, después de sus problemas carcelarios, decide reeducarse para vivir de nuevo en sociedad. Después de 12 años de prisión por agresión sexual a menores, consigue trabajo y trata de llevar una vida normal pero tiene muy presente su pasado. Pese a que la gente que le rodea, al entablar amistad con una niña en el parque del barrio, comienza a temer que se despierten en él sus más peligrosos instintos. Cuatro Minutos (Chris Kraus, 2006). La trama de esta película trata de una anciana pianista que da clase de música en una cárcel alemana. Descubre el talento de una presa muy conflictiva y decide presentarla a un certamen musical. Las dos mujeres se ven obligadas a trabajar en equipo. Tampoco acaba esta historia con un final feliz reinsertador. Cartas al Padre Jacob (Klaus Härö, 2009), su argumento trata de Leila, una asesina condenada a cadena perpetua que recibe el indulto tras doce años de cárcel. Un funcionario le dice que un cura rural, Jacob, anciano y ciego, le ha solicitado su ayuda como asistente. Fundamentalmente el trabajo que le encomienda es el de ayudar al sacerdote a responder cartas de sus fieles requiriendo ayuda espiritual, circunstancia ésta que hace recapacitar a la protagonista, llegando su propia reeducación social a buen puerto.

Otras películas que pueden citarse aparecen en un escenario de menores conflictivos y de reformatorios: Forja de hombres (Norman Taroug, 1938) y Los chicos del coro (Christophe Barratier, 2004). Quizá sea en estas películas de ambiente juvenil donde se encuentra el mayor índice resocializador.

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