Alexandra Molina Dimitrijevich
Profesora de Derecho Constitucional y Administrativo en la Universidad Científica del Sur
La apuesta (y necesidad imperiosa) para que, en el Perú, tengamos un estado eficiente y servicios públicos de calidad, parecía extremadamente ambiciosa, tras la hiperinflación y la violencia, un cóctel peligroso sumado al estatismo exacerbado e ineficiente. Con mucho esfuerzo, cincelando el Estado (o, más propiamente, el sector público) a través de varias fases de reforma, parecía haberse conseguido encaminar (pese a las dificultades, tareas pendientes e incluso problemas), un cuerpo de servidores y funcionarios públicos de diversos rangos pero buscando el mismo objetivo: servir a los intereses generales del país y mejorar la calidad administrativa, con miras a solidificar y cumplir los fines del Estado Constitucional y Democrático de Derecho. Una construcción (que, como todo, no está exenta de imperfecciones), que ha tomado décadas, parece desvanecerse, y no será el pueblo el beneficiario de todo esto. El concepto de meritocracia, que ya sufre embates desde diversos frentes (incluso desde el frente intelectual) y que, aunque debe matizarse no para destruirlo sino para fortalecerlo con mayores cotas de igualdad material, hoy sufre, en el Perú, el embate mayor: el de los poderes públicos progresivamente (aceleradamente) politizados en el sentido más negativo del caso, permeados ya por la crisis política que se va cronificando hasta esclerotizar a los poderes públicos, o permeados, también, por las ideas iliberales que recorren el mundo cada día y con más virulencia. No es un territorio protegido, impermeable, y esa lluvia ya está empezando a socavar lo construido. Ya llegó. Ya está aquí. Y no tardarán en sentirse los efectos nocivos en un momento que, ni siquiera, será el mediano plazo. Y es que un modelo competitivo (y de relativa estabilidad) para el ingreso y continuidad de los servidores de la Administración Pública es fundamental para atraer personas capacitadas y comprometidas con el interés general, al tiempo de brindar una garantía de neutralidad en el tratamiento de los asuntos públicos. Pudimos apostar por conseguirlo incluso careciendo de la indispensable separación constitucional entre Gobierno y Administración, una distinción que brilla por su ausencia en nuestro texto fundamental, tarea pendiente para futuras reformas. Tanto los modelos europeo continental como anglosajón de empleo público (Parada, 2007)[1] al partir de la base del “mérito y capacidad” (por oposición al acceso a la función pública por privilegios, cosa que se daba en el Ancien Régime), son coherentes con el modelo racional-normativo de Constitución (García Pelayo)[2], con el Estado Constitucional y Democrático de Derecho y con el principio democrático, a diferencia del spoils system que, como bien explica Parada, es el politizado modelo que en un inicio se empleó en los Estados Unidos para asignar los cargos públicos, modelo que el país del norte naturalmente ya abandonó, y que se traduce al castellano con la demoledora frase: “reparto del botín”.
Por este tipo de situaciones (que pueden tener consecuencias graves para la propia aspiración de igualdad material y desarrollo sostenible), por ejemplo, es importante que Servir mantenga su adscripción a PCM (ya que la función pública tiene una naturaleza completamente diferente: su esencia apunta al carácter estatutario al servicio de los intereses generales, con lógicas bien distintas a la relación laboral) o incluso pueda aspirarse a que se convierta en un Organismo que tenga constitucionalmente garantizada su autonomía. O que, para los cargos ministeriales o de confianza (que sí cuentan, por su naturaleza, con un componente político), los partidos políticos cuenten con cuadros preparados (Delgado Guembes dice que, idealmente, estos han de ser auténticas “escuelas de gestión pública”)[3], o “tecnopolíticos” (es decir, técnicos capacitados pero con suficientes reflejos políticos para sortear los vaivenes de las complejas relaciones ejecutivo-legislativo y el particular régimen político del Perú, con tintes parlamentarios no menores), incluyendo además una lógica paritaria donde mujeres y hombres, en plena igualdad, tengan la posibilidad de formar parte del más alto nivel decisional.
Mientras escribo este artículo y echo una mirada a nuestra realidad política pienso, con pena, que esto es una quimera, vista la disfuncionalidad de nuestro sistema de partidos, la trunca reforma política, la profunda división de nuestra sociedad, que busca señalar al otro y no buscar horizontes comunes para un proyecto de país. Todo ello nos demuestra que la relación entre la disciplina de la Ciencia Política, el Derecho Constitucional, la Administración Pública y el Derecho Administrativo no puede ir por cuerdas separadas ni entenderse como compartimientos estancos en el análisis[4], precisamente, para poder separar adecuadamente gobierno de Administración y tengamos un estado adecuado: presente, eficiente y con capacidades para contener el descarrilamiento del conflicto político (o los impactos nocivos de las falsas armonías no alineadas con objetivos de interés general y carentes de visión-país), que cierne siempre su amenaza sobre nuestra híbrida democracia y, por ende, sobre una Administración que, en la concretización de los proyectos de Estado y las políticas públicas, la legitima[5].
Referencias
[1] Para Parada, sin embargo, el enfoque inicial que se aplicó en E.E.U.U. unía “la concepción de la democracia a un liberalismo económico extremoso” temiendo que “un funcionariado permanente” genere, respecto del cargo, una “propiedad antidemocrática”. Sin embargo, lo que finalmente se hizo, en palabras de Parada, fue “despojar de sus puestos a los funcionarios de ideología contraria y recompensar a los propios partidarios después de ganar las elecciones”. Afortunadamente, los Estados Unidos de América han corregido hace bastante tiempo esta situación, aproximándose más al sistema anglosajón de Civil Service que ya venía aplicándose en el Reino Unido y que combina una dosis moderada de estabilidad supeditada o enlazada a otra importante dosis de competitividad y meritocracia. En: Parada Vásquez, Ramón: “Derecho del Empleo Público”. Editorial Marcial Pons, Madrid, 2007 p. 13.
[2] Para García Pelayo, este concepto “concibe a la Constitución como (…) un sistema de normas” y “representa algo perfectamente encuadrado dentro del proceso histórico de la racionalización, objetivación y despersonalización del Estado”. En: García Pelayo, Manuel: “Derecho Constitucional Comparado”. Alianza Universidad Textos. Tercera reimpresión. Madrid, 1993.
[3] Es más. De hecho, el autor dice textualmente que: “En principio, la razón de ser de los partidos es operar como escuelas de formación de líderes para dirigir y representar al país (…) es parte de la visión de cualquier partido político preparar a sus cuadros en la asunción de responsabilidades de gobierno (…) es elemental que hagan suya la obligación de preparar a los militantes con las destrezas y capacidades necesarias para enfrentar los problemas de gestión estatal que tendrán que atender (…)”. En: Delgado Guembes, César: “Olvido Constitucional y vacío representativo en el Perú”. Fondo editorial del Congreso del Perú. Lima, 2015, p. 201.
[4] Es por ello interesante leer a la profesora Mónica Domínguez, quien escribió el artículo: “Conectando el Derecho Administrativo con la Ciencia Política. El carácter interdisciplinar de la Ciencia Jurídica”, el mismo que puede consultarse en el siguiente enlace: http://blogrdp.revistasmarcialpons.es/blog/metodologia-investigacion/conectando-el-derecho-administrativo-con-la-ciencia-politica-el-caracter-interdisciplinar-de-la-investigacion-juridica/ (fecha de consulta: 19 de marzo de 2022). En: Blog de la Revista de Derecho Público (Marcial Pons). (2021).
[5] Es imprescindible el visionado del seminario organizado por la Escuela de Gobierno de la Pontificia Universidad Católica del Perú el 3 de marzo de 2022, el mismo que fue acertadamente titulado “El riesgo del desmantelamiento de la administración pública”, ya que es prácticamente un termómetro que refleja la honda preocupación frente a la situación actual de la Administración Pública que había conseguido (aunque no completamente) algunas cotas de eficiencia. Sobre estos posibles retrocesos, es importante escuchar a los y las expositoras y sus importantes reflexiones: Martín Tanaka, Alexandra Ames, Juan José Martínez, Guiselle Rodríguez y Eduardo Vega. Se puede ver en el siguiente enlace: https://www.youtube.com/watch?v=5Ivb8MMPjCc (Fecha de consulta: 19 de marzo de 2022)