Rubén Joced Loayza Dueñas
Abogado. Semi Senior asociado de Giribaldi & Asociados, encargado del área de Precios de Transferencia. Estudios de Posgrado en tributación por la Universidad del Pacífico. Becario del MBA – Master en Alta Gestión de Empresas por la Universidad Rey Juan Carlos de España.
Mucho se ha comentado sobre la reducción del IGV prometida por el actual mandatario; sin embargo, a la fecha es una propuesta totalmente descartada a razón de que no se alcanzó el condicionamiento de la presión tributaria del 7.2% del PBI al 31 de mayo del 2017[1], requisito previo planteado por el Decreto Legislativo N° 1347 para modificar el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, proyección previsible como consecuencia de los últimos desastres naturales acontecidos en el país y el último informe del Marco Macroeconómico Multianual 2016, lo que conlleva a concluir que la disposición dictada fue más un saludo a la propuesta prometida en la campaña de nuestro actual presidente Pedro Pablo Kuczynski, que una medida con la intención de reactivar la economía, toda vez que lo que buscaban el Premier y el Ministro de Economía era asegurar un nivel adecuado de recaudación; por ello cabe hacerse la pregunta, en líneas generales ¿La reducción de un impuesto favorece al crecimiento de la economía? y en ese contexto ¿La reducción del IGV generaría el crecimiento de la economía y fomentaría el formalismo en el Perú?, estas interrogantes serán desarrolladas en el presente artículo.
A finales del 2016, el gobierno del actual mandatario, emitió una serie de decretos legislativos con la intención de reactivar la economía en nuestro país, ello en proporción a las promesas vertidas por el presidente antes de asumir el gobierno, estas medidas podrán ser discutidas con mayor efectividad al cierre del ejercicio; sin embargo, lo que nos acontece es la materia pendiente de reforma que se planteó antes de asumir el gobierno, el 100% de depreciación, es decir, permitir a las grandes empresas descontar el íntegro de su inversión física en contra de su monto imponible sobre el que se calcula el impuesto a la renta (IR), y, a su vez, su compromiso en la reducción de la evasión tributaria y la ampliación de la base. ¿Estas propuestas podrían impulsar la economía?, ¿La ampliación de la base tributaria significaría una mayor contribución? y ¿Qué debería hacer el actual gobierno para reducir la evasión tributaria?
- La reducción de impuestos y sus implicancias económicas
La reducción de impuestos, es el cambio de la legislación para reducir la cantidad de impuestos a los que uno se encuentra obligado, ello además supondría, desde el punto de vista económico, una menor recaudación tributaria para el estado. Sin embargo, esto no es necesariamente cierto. Toda vez que, el aumento de las tasas impositivas puede generar, en contra parte, una reducción de la inversión en ese mercado, dado que si la empresa produce 100 el estado obtiene el 29.5, y si por el contrario, la tasa sube a 40, el empresario no producirá 100, sino 80, entregando tan solo 32 al Estado, por lo que debe existir un equilibrio entre ambos.
Ahora bien, el incrementar la carga tributaria supone la vía más lógica de ampliar la recaudación de un estado, pero ello perjudica la producción y el consumo, lo que a largo plazo, afecta el sector productivo del mercado disminuyendo sus ingresos, por tanto pretender gravar mayores impuestos sobre una base gravable menor no constituye mayores ingresos para un estado.
En contrario sensu, al disminuir los impuestos, se puede creer que, obtendremos un escenario distinto al planteado previamente, es decir que la producción y el consumo incrementen la recaudación tributaria y, por tanto, haya una ampliación de la base.
De hecho, muchos países han pretendido crear incentivos a la inversión bajo este mecanismo; sin embargo, lo que determinará el resultado, será la gestión fiscal. Existen países que han logrado incrementar la recaudación fiscal en aplicación de la reducción de impuestos, así como también existen países, que terminaron por convertirse en una especie de paraísos fiscales, generando materia prima y mano de obra baratas.
En ese sentido, una reducción de impuestos debe ir de la mano a una reforma integral que amortice la reducción de la recaudación tributaria del tributo reducido, en conjunto con otras medidas dictadas y, a su vez, una Política Fiscal con una estrategia económica de cambio estructural[2].
- La reducción del IGV en el Perú
El argumento empleado en el plan de gobierno de nuestro actual presidente, suponía que: i) la reducción de un punto en el IGV reducía la recaudación en 0.5 y se traslada en igual estímulo al consumo. Por lo tanto, iba dirigido al gasto de consumo generando un estímulo directo al crecimiento económico de corto plazo y ii) crearía estímulo en el sector informal de la economía e incentivar a la formalización.
Al analizar dichos argumentos sostenemos que, si bien el estímulo directo al bolsillo del consumidor es a corto plazo, ello también afectaría seriamente la caja fiscal con un menor flujo de ingresos; más aún cuando las medidas que acompañan dicha decisión son reformas tributarias que reducen aún más la caja fiscal (disminución de la tasa del IR al 29.5%, Régimen MYPE tributario, IR de personas naturales), en tanto, no queda claro con qué se compensará la pérdida de recursos fiscales, pues a la fecha el IGV es cerca del 50% de todos los tributos que recauda el Estado a través de la SUNAT. En ese sentido, la disminución del IGV no parece ser una pronta solución a la reactivación de la economía, todo lo contrario, ello no fortalece la institucionalidad de la política fiscal del Perú y tampoco la fórmula de la condición la hace más correcta técnicamente. Ya es tiempo que se comprenda que más importante que sólo tener más recaudación es mejorar la calidad de dicha recaudación e inclusive la mezcla adecuada de fuentes; mayor equidad y menor regresividad debe ser un objetivo complementario y esto se logra al tener una recaudación no sólo sostenible sino especialmente en impuestos directos (renta) más que en impuestos indirectos (IGV, ISC)[3].
En otro extremo, pretender estimular a las actividades informales, que reducen la base impositiva del estado, a formalizar sus negocios con la disminución del IGV es ignorar las causas de su incumplimiento, el aumento de una base tributaria potencial supone identificar las causas que lo producen. En tanto el estado no identifique las causas, la intención de disminuir la informalidad mediante la reducción de cualquier impuesto caerá en saco roto.
- Depreciación del 100% de los activos como impulso de la economía
La depreciación contemplada en el artículo 38º de la LIR, es un mecanismo mediante el cual se reconoce el desgaste que sufre un bien por el uso que se haga de él, las mismas que pueden ser deducidas del pago del IR, para efectos tributarios, dicha depreciación es el consumo en el tiempo de un bien capital (digamos 10% por 10 años). El desgaste o agotamiento que sufren los bienes del activo fijo que los contribuyentes utilizan en sus negocios, industria, profesión u otras actividades productoras de rentas gravadas de tercera categoría, se compensa mediante la deducción de la depreciación a la renta bruta, para determinar la renta neta sobre la que se pagará el impuesto a la renta, se debe computar anualmente y sin que en ningún caso se haga incidir en un ejercicio gravable depreciaciones correspondientes a ejercicios anteriores[4].
Sobre el particular, la medida propuesta por el actual mandatario, pretende buscar que las empresas puedan alcanzar una deducción del 100% del íntegro de su inversión física en contra de su monto imponible sobre el que calcula el IR en tan sólo un año. Dicho procedimiento afectaría directamente la base imponible (utilidad antes de impuestos) lo que, consecuentemente, disminuye la recaudación[5]. Por tanto, la implementación de dicha medida, no hace sino, contraer la recaudación y, reincidimos al manifestar que ésta debería ir acompañada de una contraparte que balancee la reforma, en tanto ello no ocurra, no podríamos hablar de un impulso en la economía a corto plazo.
- Ampliación de la base y reducción de la evasión tributaria
Las recientes cifras emitidas por la SUNAT reflejan que seguimos dependientes de un número relativamente pequeño de empresas: el 90% de lo recaudado del impuesto a la renta de tercera categoría proviene del 0.4% de contribuyentes más grandes del país. En ese sentido, entender la intención de una ampliación de la base tributaria, será lo que determine la consecuencia del aumento de la recaudación tributaria equitativa, es decir, una mayor base no debe significar mayor contribución, ampliar la base tributaria significa mejorar la calidad del cumplimiento. Para mejorar dicho cumplimiento, insistimos que el primer paso a dar por el gobierno es identificar las causas que lo producen, identificar dichos elementos permitirá al estado ampliar la base tributaria efectiva. Así por ejemplo, para reducir la evasión tributaria, los contribuyentes deben sentir una disminución en el costo del cumplimiento del pago de impuestos (trabas administrativas, diversidad de tasas). Por tanto, la ampliación de la base tributaria propuesta por el gobierno mediante la reducción de impuestos, dentro de nuestro contexto, debe implicar la ampliación de la base imponible efectiva, ello a través del levantamiento de exoneraciones; un impuesto de las características del IGV, es más eficiente (en el sentido de que produce menor exceso de gravamen) cuanto más amplia es su base imponible y más bajas son sus tasas. En tanto, no se asuman medidas que contrarresten la disminución de la recaudación, se puede concluir que seguirá existiendo una contracción en la recaudación del fisco.
[1] Al mes de mayo, el déficit fiscal acumulado de los últimos 12 meses se ubicó en 2,7 por ciento del PBI, ligeramente mayor al resultado de fines de diciembre (2,6 por ciento del PBI) de acuerdo al reporte de Inflación Junio 2017 publicado por el Banco Central de Reserva del Perú.
[2] Se refiere al proceso estratégico cuyo fin es propiciar un conjunto de transformaciones de la estructura económica y en la participación social, a través de cambios de fondo que corrijan desequilibrios estructurales fundamentales del apartado productivo y distributivo.
[3] Ramírez, M. (2017) Reducir o no el IGV. Recuperado de https://marcelramirezlt.wordpress.com/2017/01/11/reducir-o-no-reducir-el-igv/, 09 de julio del 2017.
[4] Actualidad Empresarial (junio, 2013) Tratamiento de la depreciación para efectos tributarios. Segunda Quincena. Instituto Pacífico: Perú.
[5] Reporte Semanal Macroconsult (agosto, 2008) ¿Y la ampliación de la base tributaria? Recuperado de https://www.indecopi.gob.pe/documents/474320/599209/RS27-2016.pdf/86508f2b-18e3-4f35-99dd-65acf7dafb05?version=1.0, 09 de julio de 2017.