Inicio Derecho Laboral “Las Malvinas” y el monstruo de la esclavitud en el Perú

“Las Malvinas” y el monstruo de la esclavitud en el Perú

por Bárbara Ramos Arce
48 vistas

Barbara Beatriz Yulissa Ramos Arce

Estudiante de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú y Ex-Asociada de la Asociación Civil Derecho y Sociedad

Pocas personas hablan de esclavitud en el Siglo XXI. Es una palabra cargada de anacronismo, erróneamente vinculada con culturas atrasadas y prácticas caducas, pero el saldo cobrado por el quinto incendio del mes de junio ha recordado al Perú que el monstruo aún vive en casa. Tras más de 24 horas arduo trabajo, los bomberos han conseguido controlar las llamas en la Galería Nicolini, ubicada en el Cercado de Lima y más conocida como parte de una gran zona de comercio informal, «Las Malvinas”.

La Fiscalía de Trata de Personas de Lima anunció que ya se está llevando a cabo una investigación con la Dirección Nacional contra la Trata de Personas de la Policía Nacional del Perú “a fin de establecer este delito (…) tras conocerse las condiciones de explotación laboral con las que los trabajadores se encontraban»[1]. El mundo entero presenció cómo, en medio del fuego y el humo, personas asomaban objetos por las diminutas ventanas del conteiner de metal en donde eran sometidas a largas jornadas de trabajo forzoso, esperando a ser rescatadas por los bomberos. Dentro de este grupo se encontraban menores de edad. Hasta el momento, no se tienen noticias de los cuerpos.

El incendio de Las Malvinas ha puesto sobre la mesa la preocupante realidad del trabajo forzoso en el Perú y de la invisibilización de las víctimas ante el ojo público. Una mezcla fatal de informalidad, corrupción y malos hábitos, ha conseguido que fenómenos de esclavitud moderna formen parte de nuestra vida cotidiana, mimetizándose en el ámbito económico y legal hasta límites insospechados. Para la sorpresa e indignación de los medios, el actual ministro de Trabajo declaró ante la prensa que jamás se habían llevado a cabo fiscalizaciones laborales en los talleres de la Galería Nicolini debido a que los trabajadores jamás realizaron denuncias[2]. Sin embargo, talleres clandestinos, jornadas laborales que superan el tope legal y condiciones infrahumanas de trabajo son sólo algunos elementos que forman parte del escenario limeño diario.

La situación ya ha llamado la atención del Director de la Organización Internacional del Trabajo para los Países Andinos, quien en un comunicado enfatizó que “reducir la informalidad, fortalecer las inspecciones laborales, cumplir y hacer cumplir con la ley y mejorar la seguridad de los trabajadores son acciones concretas que deben ser priorizadas a fin de evitar este tipo de siniestros que acaban con la vida de seres humanos o los pone en peligro”[3]. Efectivamente, tan solo en el año 2014 la OIT entrevistó a 301 emprendedores informales en Lima, determinando que un 59% no cumplía con la normativa laboral y un 25% no podía precisarlo[4]. En el mismo año, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) indicó que de 15,4 millones de trabajadores, el 74% se encontraba en la informalidad[5]. Desconocemos cuántos de estos trabajadores son víctimas de trabajo forzado y, al igual que las víctimas del reciente incendio, se encontraban en un régimen de semiesclavitud.

Hasta la fecha conocemos que hombres y menores de edad eran encerrados bajo llave en contenedores de mental, donde por más de ocho horas se encargaban de adulterar bombillas y otros elementos eléctricos por un aproximado de veinte soles diarios. No contaban con servicios higiénicos, las medidas de seguridad eran nulas y recibían un plato de comida por sus empleadores al mediodía, para pasar a ser aislados nuevamente. Estas escenas, que parecerían ser propias de los sweatshops filipinos o las fábricas de ladrillos indias, se pueden encontrar fácilmente en fábricas improvisadas y almacenes de ropa en el centro y periferia de la ciudad capital, creciendo cada año ante la mirada de los funcionarios municipales.

Tal como menciona el Informe IB de la 89.a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, “el control abusivo de un ser humano sobre otro es la antítesis del trabajo decente. Si bien se manifiestan de distinta forma, las diversas modalidades de trabajo forzoso tienen siempre en común las dos características siguientes: el recurso a la coacción y la negación de la libertad[6]. Respecto al primer elemento, no es necesario reducir el uso de la fuerza a un sentido físico o explícito, pues incluye el uso de cualquier medio que procure mantener a una persona en tal estado de sometimiento. Algunos ejemplos son la privación de alimento, el cambio a peores condiciones laborales, la amenaza de deportación e inclusive el despido. En el caso de la negación de la libertad, también entendida como la ausencia de consentimiento del trabajador, podemos incluir desde el rapto físico y el confinamiento, hasta el engaño sobre el tipo y las condiciones de la labor[7].

Como bien se mencionó en un inicio, se están llevando a cabo investigaciones para descubrir cómo las víctimas fatales del incendio fueron captadas por sus empleadores (si es que cabe mencionar a los dueños del lugar bajo tal denominación) y sometidas a tan calamitoso régimen. No hay que confundirse: el hecho que dichos hombres y menores de edad volviesen cada mañana al mismo lugar durante largos periodos de tiempo no quita que nos encontremos ante un escenario de esclavitud moderna, y lo llamamos moderna porque, lo que en algún momento fueron cadenas, hoy en día son contratos, acuerdos e indiferencia estatal.

Durante los últimos años ha habido señales que, de haberse notado y tratado correctamente, pudieron haber impedido las heridas y muertes ocurridas esta semana. No hablamos solamente de las altas cifras de informalidad y la ausencia de su seguimiento y fiscalización, sino también al problema que representa la trata de personas en nuestro país. Nótese que en el año 2011 el Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Público determinó que el 58% de las víctimas del delito de trata eran menores de edad[8]. El número de denuncias, que en aquel entonces fueron 403, llegó a 1144 en el año 2016, de las cuales 350 fueron realizadas en la ciudad de Lima[9].

A 163 años de la abolición de la esclavitud, la explotación de seres humanos aún continúa formando parte de nuestro sistema. La existencia de órganos de fiscalización laboral y de fuerzas del orden (aparentemente) especializadas en este tipo de fenómenos no representa ningún mérito cuando a treinta minutos del Palacio de Justicia, regímenes de semiesclavitud crecen y se adhieren al porcentaje que aporta la informalidad al mercado. Los únicos inocentes, las únicas víctimas del monstruo de la esclavitud en el Perú del siglo XXI, son finalmente aquellos y aquellas que se ven perjudicados cuando las estructuras se incendian y los problemas nacionales se colocan sobre la mesa. Más allá, los responsables no son sólo los empleadores y las autoridades ausentes, sino quizá nosotros como sociedad, que con el paso del tiempo y por alguna razón, hemos normalizado la injusticia.


 

[1]LA REPÚBLICA. «Incendio en Las Malvinas: Bomberos ingresaron a la galería Nicolini». Fecha de publicación: 24 Junio de 2017, http://larepublica.pe/sociedad/888731-incendio-las-malvinas-galeria-nicolini-cercado-de-lima

[2] Periódico OJO. «Incendio en Las Malvinas: ministro de Trabajo revela por qué no hubo inspección» Fecha de publicación: 24 de Junio de 2017 http://ojo.pe/ciudad/incendio-en-las-malvinas-ministro-de-trabajo-revela-por-que-no-hubo-inspeccion-243567/

[3] Portal de la Organización Internacional del Trabajo. «Declaración del Director de la OIT para los Países Andinos sobre el incendio en la galería Nicolini en Las Malvinas» Fecha: 24 de junio de 2017 http://www.ilo.org/lima/sala-de-prensa/WCMS_560067/lang–es/index.htm

[4] Organización Internacional del Trabajo. Perfil del emprendedor informal limeño. Lima: Organización Internacional del Trabajo, 2014, p. 16

[5] RENTERÍA, José María y ROMÁN, Andrea. «Empleo informal y bienestar subjetivo en Lima Metropolitana». Lima: Consorcio de Investigación Económica y Social, setiembre 2015, p. 44

[6]Organización Internacional del Trabajo. Alto al trabajo forzoso: Informe global con arreglo al seguimiento de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Ginebra: Organización Internacional del Trabajo, 2001, p. 1

[7] Confederación Sindical Internacional. Mini Guía de Acción: Trabajo forzoso. Bruselas:  Confederación Sindical Internacional, SF, p. 8

[8] Defensoría del Pueblo del Perú. La trata de personas en agravio de niños, niñas y adolescentes. Lima: Defensoría del Pueblo del Perú, 2011, p. 9

[9] Instituto Nacional de Estadística e Informática. Denuncias de trata de personas: presuntas víctimas y presuntos imputados (2010-2016). Lima: Instituto Nacional de Estadística e Informática, 2017, p. 5

Artículos relacionados

Si deseas publicar un artículo en Pólemos, envíanos un mensaje.

    El Portal Jurídico-Interdisciplinario «Pólemos» es un espacio virtual orientado al análisis de temas jurídicos y de actualidad. Nos distinguimos por tratar el Derecho desde un enfoque interdisciplinario, integrando conocimientos de distintas disciplinas para ofrecer una comprensión más integral y enriquecedora.

    EQUIPO EDITORIAL

    Directora: Marilyn Elvira Siguas Rivera

    Consejo Editorial:
    Valeria Tenorio Alfaro
    Raquel Huaco De la Cruz
    Claudia Dueñas Chuquillanqui
    Mariana Tonder Trujillo
    Carlos Curotto Aristondo
    Gustavo Sausa Martínez
    Guadalupe Quinteros Guerra
    Daira Salcedo Amador
    Alejandra Orihuela Tellería

    Camila Alexandra Infante García

    Jenner Adrián Fernández Paz

    SELECCIONADO POR EDITORES

    ÚLTIMOS ARTÍCULOS

    Pólemos @2024 – Todos los derechos reservados. Página web diseñada por AGENCIA DIGITAL MANGO