Inicio Penal La divina comedia carcelaria. Una mirada comparada de las cárceles en España y Colombia.

La divina comedia carcelaria. Una mirada comparada de las cárceles en España y Colombia.

por PÓLEMOS
4 vistas

Norberto Hernández Jiménez

Profesor de la Pontificia Universidad Javeriana de Colombia


Como parte de la formación jurídica, los estudiantes de derecho nos vemos abocados, desde los inicios de la carrera, a leer sentencias de la Corte Constitucional. Una de las que más me marcó durante ese trasegar fue la T-153/98, que declaró el estado de cosas inconstitucional en las cárceles colombianas. Para ese momento y sin definir aun el rumbo que me llevaría a trabajar sobre el tema años más tarde, me impresionaba la narrativa del contexto carcelario y el rotulo dantesco que en otras sentencias, se otorga a este escenario.

Al iniciar el ejercicio de la profesión dentro de un juzgado penal, participe en la redacción de providencias, cuya consecuencia mayoritaria era un fallo de condena y la respectiva imposición de una pena privativa de la libertad que conllevaría al internamiento del sujeto dentro de alguno de esos círculos del infierno, que todavía desconocía. Solo tiempo después, logaría entrar a las cárceles colombianas con base en las labores de investigación que desarrollamos dentro de la academia, logrando constatar que aquellos relatos de horror, traspasaban la ficción.

Pues bien, como parte de mi pasantía doctoral en la Universitat Pompeu Fabra, no logré resistirme a la tentación de observar el contexto carcelario que se vive en otras latitudes, quedando sorprendido y aumentando mi decepción por las condiciones de reclusión a las que una persona privada de la libertad, debe someterse en nuestro país. De conformidad con lo anterior, este comentario está dirigido a describir sucintamente la visita que realicé al centro penitenciario Brians 1, situado a las afueras de Barcelona y la comparación entre algunos aspectos allí observados, con aquellos que durante años he podido notar en virtud de las visitas realizadas a los establecimientos de reclusión colombianos.

Lo primero que quiero anotar está relacionado con los dispositivos de seguridad para el acceso a estos penales. En Colombia, gracias a la colaboración de los funcionarios del INPEC, contamos con un acceso preferencial que nos evita largas filas pero no nos exceptúa del procedimiento de reseña (que deja los dedos untados de tinta durante toda la visita), la imposición de varios sellos en los brazos (en algunas cárceles, como La Modelo de Bogotá, con tinta invisible mientras que en la reclusión de mujeres El Buen Pastor nuestras extremidades terminan adornadas por animalitos que requieren de un importante tiempo de asepsia, para ser eliminados) y el cacheo superficial para evitar el ingreso de elementos prohibidos (en la cárcel La Picota de Bogotá y en El Pedregal de Medellín, se suma a este procedimiento el sometimiento ante un binomio canino para la detección olfativa de sustancias prohibidas). En contraste con lo anterior, en Brians 1 llegué hasta los patios y las celdas sin la realización de ninguno de estos procedimientos, debiendo solamente entregar mi documento de identificación a cambio de un sticker de color naranja que contiene la leyenda de visitante y que tuve que colocarme en el bolsillo de la camisa. Resulta curioso que incluso ante la alerta del detector de metales tras el paso de uno de mis acompañantes, que llevaba monedas en su bolsillo, no se impidió el ingreso ni se realizó ninguna requisa.

Todas las puertas son eléctricas, similar a como funciona el sistema de seguridad en la Cárcel de Combita, pero en esta prisión catalana, el personal penitenciario se encuentra reducido sustancialmente y reemplazado por la tecnología. A pesar de esta información que fue suministrada por el guardia que nos acompañó en la visita, no logré identificar ninguna cámara de seguridad durante el recorrido. Otra observación importante es que en esta cárcel solo alojan personas condenadas. Por supuesto que en Colombia contamos con establecimientos de reclusión con esta misma destinación y los denominamos penitenciarias, pero en la práctica no hemos podido lograr la separación efectiva entre condenados y sindicados, lo que por contera vulnera la presunción de inocencia de estos últimos.

A medida que me adentraba al corazón de Brians 1 mi olfato no respondía igual a como me ocurre en algunas cárceles de Bogotá, en donde se mezcla el olor a comida, aguas residuales y estupefacientes. Brians 1 es impecable por todos los rincones que pasé y la sensación en su interior es incluso mejor que la de algunos colegios distritales del país, que se encuentran abandonados. Los muros se encuentran adornados con trabajos de los reclusos y para evitar confusiones debo advertir, que no estoy haciendo referencia a grafitis.

Brians 1 no padece hacinamiento. Las celdas se encuentran destinadas para dos personas y todavía tienen cupos. Se suma a esto que cada habitación tiene televisor y baño. En las cáceles colombianas, el mismo espacio está destinado en algunas ocasiones para 6 y 8 personas e incluso algunos internos deben pernoctar en los corredores, lo que ellos llaman dormir en carretera y los más desafortunados son empujados a los baños, donde en vez de un peluche, comparten la noche con roedores. Los baños son comunales y hay un televisor en el patio.

Siguiendo con el mismo tema de los cupos carcelarios, en las cárceles colombianas es inevitable ver brazos y piernas colgando de los barrotes, como si se tratara de un bazar de carne humana, de conformidad con la metáfora foucaultiana al respecto. No ocurre lo mismo en este centro penitenciario que adicionalmente cuenta con dos canchas de baloncesto y otros espacios comunes, que en las cárceles colombianas no alcanzan a la mitad de esta longitud. Dentro de la visita incluso nos comentan que en el centro penitenciario cercano (Brians 2) tienen piscina pero que debido a la crisis económica, debió ser cerrada.

Adicionalmente, los reclusos en España cuentan unas habitaciones cómodas para la visita conyugal, entregándoles un juego de sabanas y preservativos; mientras que en el contexto colombiano, los reclusos deben turnase la celda para que cada uno de ellos pueda estar con sus parejas, sin ninguna especie de asepsia en los tendidos. En Brians 1 también existen unos cuartos que tienen la estructura de una sala donde las personas que no van a sostener relaciones sexuales, pueden reunirse a conversar.

Los comedores están habilitados y la comida se sirve directamente de la olla y no en baldes, como ocurre en Colombia. Los presos cuentan con lavadora, mientras que en Colombia deben interponer acciones de tutela para que les garanticen el suministro de agua.

Al final de la visita nos llevaron a donde inicia el tratamiento penitenciario, que en el ámbito colombiano correspondería a la fase de observación. Para esto están destinadas unas celdas especiales en donde aguardan la visita del médico para que diagnostique su estado de salud. Aunque este mandato está consagrado en nuestra legislación, muchas veces no se cumple y la fase de observación se extiende por meses, mientras que en Brians 1, exageradamente puede alcanzar los 4 días.

Seguramente si comparamos Brians 1 con las prisiones nórdicas, la experiencia igualmente resultará asombrosa o incluso si no se conoce ninguna cárcel, entrar a esta prisión catalana por primera vez, termina siendo impactante. En todo caso, esta perspectiva comparada debe hacernos reflexionar sobre la funcionalidad de la cárcel en el contexto colombiano, dentro de un ambiente denigrante que imposibilita la resocialización y propicia la reincidencia y la graduación dentro de la universidad del delito. Por todo esto, afortunadamente el sistema penitenciario español no procura la puesta en escena de la divina comedia, como si pareciera hacerlo, el sistema colombiano, aun cuando sea de manera involuntaria y espontánea.

 

Artículos relacionados

Si deseas publicar un artículo en Pólemos, envíanos un mensaje.

    El Portal Jurídico-Interdisciplinario «Pólemos» es un espacio virtual orientado al análisis de temas jurídicos y de actualidad. Nos distinguimos por tratar el Derecho desde un enfoque interdisciplinario, integrando conocimientos de distintas disciplinas para ofrecer una comprensión más integral y enriquecedora.

    EQUIPO EDITORIAL

    Directora: Marilyn Elvira Siguas Rivera

    Consejo Editorial:
    Valeria Tenorio Alfaro
    Raquel Huaco De la Cruz
    Claudia Dueñas Chuquillanqui
    Mariana Tonder Trujillo
    Carlos Curotto Aristondo
    Gustavo Sausa Martínez
    Guadalupe Quinteros Guerra
    Daira Salcedo Amador
    Alejandra Orihuela Tellería

    Camila Alexandra Infante García

    Jenner Adrián Fernández Paz

    SELECCIONADO POR EDITORES

    ÚLTIMOS ARTÍCULOS

    Pólemos @2024 – Todos los derechos reservados. Página web diseñada por AGENCIA DIGITAL MANGO