Claudia Luc铆a Castro Barnechea
Magistra en Derechos Humanos. Asesora de Litigio estrat茅gico en el Centro de Promoci贸n y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos – PROMSEX. Docente en la Universidad Norbert Wiener y en la Universidad Tecnol贸gica del Per煤. Jefa de pr谩cticas en la Pontificia Universidad Cat贸lica del Per煤.
A pesar de los 200 a帽os de existencia de nuestra Rep煤blica y gran avance que eso ha significado en la protecci贸n de los derechos de la ciudadan铆a, a煤n existen tareas pendientes que merecen la urgente atenci贸n del Estado. Muchos derechos han sido relegados en el avance del ordenamiento jur铆dico peruano debido a situaciones vinculadas con concepciones morales, religiosas, culturales, entre otros motivos. Entre estos encontramos a los derechos sexuales y reproductivos, en especial de las mujeres peruanas.
Sin embargo, no se puede dejar de lado el impulso que diversos espacios de la sociedad civil organizada, la academia, las colectivas de mujeres y las mismas ciudadanas han dado al tema. Algunas de las medidas para dar ese impulso se han vinculado con la judicializaci贸n de casos y situaciones en diversas instancias a trav茅s del uso del Derecho como herramienta. El caso del acceso a la anticoncepci贸n oral de emergencia ha sido precisamente uno de los temas que se ha llevado a diversos espacios para el debate m茅dico, social y jur铆dico. Ejemplo de esto es el caso Mar铆a vs Per煤 a煤n pendiente de Informe de Fondo ante la Comisi贸n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la falta de atenci贸n adecuada a una joven v铆ctima de violencia sexual a la que no se le hizo entrega gratuita y pronta de la anticoncepci贸n oral de emergencia (AOE).聽
Precisamente, en el 2014, a帽o en el que ocurrieron los hechos de ese caso, se encontraba en aplicaci贸n la sentencia del Tribunal Constitucional peruano (Exp N潞 2005-2009) en la que se prohibi贸 al Ministerio de Salud hacer entrega gratuita de la AOE a las mujeres, incluso las que hab铆an sufrido alg煤n tipo de violencia sexual, retirando ese medicamento del kit b谩sico de atenci贸n.聽
De esta manera, el TC peruano limit贸 los mecanismos de atenci贸n a v铆ctimas de violaci贸n sexual y neg贸 la posibilidad de acceder gratuitamente a medicamentos necesarios para evitar embarazos forzosos luego de episodios de violencia. Esto no impidi贸 la venta en farmacias privadas, sino s贸lo la entrega gratuita. Este punto implicaba necesariamente una situaci贸n de discriminaci贸n hacia las mujeres m谩s vulnerables y con menos recursos econ贸micos, especialmente las ni帽as, adolescentes y mujeres sobrevivientes a situaciones de violaci贸n sexual que requieren este medicamento de forma r谩pida, segura y gratuita para evitar las posibles consecuencias en sus vidas.聽
Si bien es cierto que algunos a帽os despu茅s, en el 2016, una medida cautelar permiti贸 al Ministerio de Salud hacer la entrega gratuita hasta el momento, esta decisi贸n a煤n no es definitiva pues el caso ha regresado ante el TC para una decisi贸n final. Resulta importante resaltar la decisi贸n de primera instancia dada en el 2019 por el Primer Juzgado Constitucional de Lima que, aplicando el control de convencionalidad, decidi贸 inaplicar la sentencia del TC del 2009 y seguir la l铆nea de la medida cautelar antes se帽alada, ordenando al Ministerio de Salud a que contin煤e la entrega gratuita de la AOE acompa帽ada de la orientaci贸n e informaci贸n necesaria para su uso por parte de las mujeres. Esta decisi贸n se bas贸 en la protecci贸n del derecho a la igualdad y no discriminaci贸n y el derecho a la autodeterminaci贸n reproductiva de las mujeres dentro de los par谩metros de la Corte Interamericana en casos como Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica del 2012.聽
Lamentablemente, esta decisi贸n fue apelada por un tercero que participa en el proceso, llegando a una decisi贸n de improcedencia en la segunda instancia que, actualmente, ha sido llevada al TC para su pronunciamiento mediante un recurso de agravio constitucional. En ese sentido, esta es una ocasi贸n ideal para que nuestro TC utilice lo que ha se帽alado en decisiones pasadas y pueda hacer uso del control de convencionalidad para aplicar las medidas necesarias para garantizar los derechos de las mujeres en nuestro pa铆s, respetando el derecho a la igualdad y no discriminaci贸n y garantizando la libre determinaci贸n reproductiva de todas las mujeres, m谩s a煤n aquellas que han sufrido violencia sexual.聽
De esta forma, el TC tiene la posibilidad de aplicar los criterios antes usados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en diversos casos [1] en los que esta Corte ha se帽alado que los Estados deben proveer de todos los servicios y medicamentos necesarios para que las mujeres puedan acceder de manera gratuita y r谩pida a m茅todos anticonceptivos, m谩s a煤n aquellas que son v铆ctimas de violencia sexual y deben recibir el kit de atenci贸n completo y sin demoras para evitar consecuencias peores en su salud f铆sica y psicol贸gica [2].聽
Este punto resulta especialmente relevante en el contexto actual de pandemia ya que, seg煤n el Ministerio de la Mujer, las denuncias por violencia familiar y de g茅nero aumentaron 130% durante los per铆odos de cuarentena [3]. Esto considerando que la inmovilidad social ha dificultado que las mujeres v铆ctimas de violencia sexual se alejen del agresor y tambi茅n han obstaculizado las posibilidades de denunciarlo, siendo que el aumento registrado debe ser solo un indicador de los muchos casos reales que no llegan a conocimiento de las autoridades.聽
En ese sentido, es tambi茅n importante considerar los obst谩culos que se vienen presentando para que las mujeres accedan a los servicios de salud sexual y reproductiva. El acceso a m茅todos anticonceptivos de todo tipo durante la pandemia ha disminuido, siendo que este periodo ha hecho mucho m谩s dif铆cil que las mujeres puedan acceder a m茅todos de planificaci贸n familiar e informaci贸n adecuada que les permita ejercer su sexualidad libremente y con responsabilidad [4].聽
Adem谩s de esto, es importante considerar las deficiencias que se han presentado frente al aumento de muertes maternas durante el 2020 [5] y a situaciones como el aumento del aborto inseguro, partos domiciliarios sin condiciones adecuadas, entre otros temas relevantes para la salud de las mujeres [6].聽
Todas estas situaciones nos llevan a considerar estos aspectos como prioritarios para la protecci贸n de los derechos de las mujeres, por lo que la regulaci贸n normativa y las pol铆ticas p煤blicas creadas para estos temas deben garantizar un enfoque de g茅nero adecuado y el uso de est谩ndares interamericanos de protecci贸n que permitan una mejor atenci贸n de las necesidades de las mujeres peruanas frente a estas situaciones de riesgo para ellas.聽
Por todo esto, resulta urgente que el Tribunal Constitucional, que por tercera vez se pronunciar谩 sobre la entrega de la AOE, defina de una vez por todas la obligaci贸n del Estado peruano de realizar la entrega informada, gratuita y efectiva de la anticoncepci贸n de emergencia como una garant铆a a la salud de las mujeres peruanas de todas las edades y que se efectivice mediante una pol铆tica p煤blica de salud integral que considere como eje central la protecci贸n de los derechos sexuales y reproductivos de las peruanas y peruanos. Se hace necesario reconsiderar c贸mo se viene tratando la salud sexual y reproductiva con miras a que nuestro Bicentenario sea la oportunidad de empezar una nueva forma de ejercer la ciudadan铆a desde el respeto y garant铆a de los derechos de todas y todos.
Referencias
[1] Como referencia, podemos tomar lo mencionado por la Corte IDH en el Caso Fern谩ndez Ortega y otros vs. M茅xico en el que se帽ala que es indispensable que este kit incluya los procedimientos, ex谩menes y medicamentos relacionados con el aspecto sexual y reproductivo que sean necesarios para realizar las revisiones f铆sicas que ayuden a recopilar evidencias, pero tambi茅n los relacionados con evitar infecciones de transmisi贸n sexual, proporcionando los ex谩menes correspondientes y los antibi贸ticos y antirretrovirales pertinentes. Para esto se debe contar con las pruebas de VIH, ITS, hepatitis, entre otras enfermedades, as铆 como las vacunas correspondientes y los medicamentos para controlar de manera pronta dichas situaciones.
[2] Para ver este aspecto, consultar OAS. Informe hemisf茅rico sobre violencia sexual y embarazo infantil en los Estados Parte de la Convenci贸n de Bel茅m do Par谩. OEA/Ser.L/II.7.10 MESECVI/CEVI/doc.234/16 Rev.1.聽 13 de octubre de 2016. Disponible en: http://www.oas.org/es/mesecvi/docs/mesecvi-embarazoinfantil-es.pdf . Adem谩s, Comit茅 CEDAW. Recomendaci贸n General N.潞 35 sobre la violencia por raz贸n de g茅nero contra la mujer (2017) y Comit茅 DESC. Observaci贸n General N.潞 22 relativa al derecho a la salud sexual y reproductiva (2016).
[3] Diario Gesti贸n. Denuncias por violencia de g茅nero se incrementaron 130% en el 2020 en Per煤. 08 de marzo de 2021. Disponible en: https://gestion.pe/peru/denuncias-por-violencia-de-genero-se-incrementaron-130-en-el-2020-en-peru-noticia/
[4] UNFPA. Impact of COVID-19 on Family Planning: What we know one year into the pandemic. Marzo de 2021. Disponible en: https://www.unfpa.org/resources/impact-covid-19-family-planning-what-we-know-one-year-pandemic聽
[5] Ascarza, Lucero. Emergencia desatendida: las muertes maternas aumentan en el Per煤. Salud con Lupa. 02 de febrero de 2021. Disponible en: https://saludconlupa.com/la-vida-de-nosotras/emergencia-desatendida-las-muertes-maternas-aumentan-en-el-peru/聽
[6] UNFPA. Por la pandemia: 12 millones de mujeres perdieron el acceso a m茅todos anticonceptivos, 1,4 millones de embarazos no planificados. 13 de marzo de 2021. Disponible en: https://peru.unfpa.org/es/news/por-la-pandemia-12-millones-de-mujeres-perdieron-el-acceso-m%C3%A9todos-anticonceptivos-14-millones