Renzo Díaz Giunta
Estudiante de décimo ciclo en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima. Practicante pre-profesional en el Tribunal Constitucional. Director Distrital de San Borja en la Organización Democrática Mundial por el Desarrollo (ODM). Director General del Círculo de Estudios de Derecho Constitucional de la Universidad de Lima. Associate member en la Association of Young International Criminal Lawyers (YICL).
Para muchos, el 2020 es un año considerado “perdido” y digno de olvidar. No obstante, si todo queda en el olvido estamos condenados a repetir lo acontecido. Según la Defensoría del Pueblo, en el 2020, se registraron 132 feminicidios, 204 tentativas de feminicidio y 54 muertes violentas de mujeres.
Lamentablemente, el Perú se está convirtiendo en un territorio inhóspito para las mujeres, quienes salen de casa a realizar sus quehaceres diarios, con el temor de nunca volver. La cruda realidad se plasma en los noticieros día a día: mujeres violentadas, acosadas, asesinadas o violadas. Estos malévolos y perversos actos criminales generan daños que repercuten más allá de las irreparables pérdidas generadas a las víctimas y sus seres queridos. Esto se debe a que propagan miedo, incomodidad e inseguridad a muchas otras mujeres y ello les impide vivir una vida plena; vulnerándose así su derecho al libre desarrollo de la personalidad.
La Corte Constitucional de Colombia, a través de su sentencia C-336/08, indica que se configura una vulneración del derecho al libre desarrollo de la personalidad cuando a la persona se le impide, de forma arbitraria, alcanzar o perseguir aspiraciones legítimas de vida o valorar y escoger libremente las circunstancias que dan sentido a su existencia.
Asimismo, la sociedad muchas veces impide arbitrariamente el libre desarrollo de la personalidad de las mujeres. Un claro ejemplo de ello es el errado discurso de legitimación de la violencia que muchas personas emprenden, en especial en redes sociales, donde justifican al agresor y arremeten contra la víctima sustentándose en diversos factores; dónde estaba, con quiénes, cómo vestía, etc.
Cabe destacar que, partiendo del concepto de estado de derecho; modelo de orden que proporciona una estructura que garantiza la protección de todos los derechos humanos, se desprende el deber de todo Estado de poseer normas que protejan derechos humanos, así como jueces que las hagan cumplir.
Además de la tan importante educación bajo un enfoque de derechos humanos que todo peruano y peruana debe recibir, es de vital importancia contar con un Sistema de Justicia que tome decisiones oportunas para salvaguardar la vida e integridad de las personas. Por consiguiente, es trascendental que se dicten medidas de protección a favor de las víctimas. Y, se den, en el marco de un debido proceso, sanciones y condenas ejemplares ante actos de barbarie como feminicidios o violaciones sexuales.
La impunidad es, sin duda, el peor mensaje que el Estado puede dar y la peor respuesta que la población puede recibir, ya que evidencia una indiferencia sistemática de aquellos llamados a impartir justicia y propicia la proliferación exponencial de estos crímenes.
Con respecto a qué es justicia, la definición ulpianista del término se enfoca en lo siguiente: “Justicia es darle a cada quien lo que le corresponde”. Entonces, para que haya justicia, los feminicidas, violadores y demás criminales deben afrontar las consecuencias de sus actos y ser condenados a prisión. El mandato de la Constitución es claro, es el Poder Judicial quien administra justicia y, ni por vacío o deficiencia de la ley, puede dejar de administrarla.
Es evidente que, urge revitalizar al Sistema de Justicia peruano. Un primer paso es concientizar a jueces, fiscales y policías de todos niveles con respecto a la importancia de su trabajo; ser eficientes, céleres y honestos puede salvar vidas. Además, capacitarlos para dotarles del conocimiento necesario para un mejor desempeño de sus labores.
Especial atención requiere la formación y selección de jueces y juezas; llamados a impartir justicia y en cuyas manos yace la condena o absolución de un procesado. No solo se requiere que sean versados en Derecho, sino que sean personas éticas, probas y honestas. Por otro lado, es conocido el caso del Ex Juez Supremo César Hinostroza a quien se le escucha, a través de uno de los audios filtrados en el 2018, en una conversación sobre un acusado de violación sexual de una niña, decir lo siguiente: “¿Qué es lo que quieren?, ¿Qué le baje la pena o que lo declaren inocente?”.
Por ello, con la asunción de la Presidencia del Poder Judicial por parte de la Jueza Suprema Elvia Barrios y la conformación de una Corte Suprema con igual número de jueces y juezas, las expectativas de la población son altas y se espera que este sea un nuevo capítulo en la historia del Poder Judicial, que marque distancia con los errores y controversias del pasado.
Se requiere de la cooperación de toda la sociedad para desterrar actos y conductas que dañan a las mujeres, su integridad y vulneran sus derechos. Como nación, se debe apostar a la construcción de un país inclusivo, donde exista respeto por los Derechos Humanos y, ni una menos, tema por su vida.
Para recobrar la confianza de la población, es imperativo que, en el Sistema de Justicia, no haya más dilaciones innecesarias, tampoco sabotajes a las investigaciones o procesos, ni operadores del Sistema de Justicia que ofrezcan sus servicios al mejor postor. En el Perú, hay sed de justicia y un gran anhelo de que esta deje de ser un sueño, una aspiración inalcanzable, y se concretice y materialice con castigos ejemplares, racionales y proporcionales a todos los que sean culpables.
Bibliografía
Corte Constitucional de Colombia. (2008). Sentencia C-336/08.
Defensoría del Pueblo. (2020). Nota de Prensa N° 1610/OCII/DP/2020.
Organización de las Naciones Unidas. (2005). Informe del Secretario General: Un concepto más amplio de la libertad: desarrollo, seguridad y derechos humanos para todos.