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“Not Quite My Tempo”: Whiplash, el rol de profesor y la enseñanza del Derecho

por PÓLEMOS
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Agustín Grandez Mariño

Profesor de la Facultad de Derecho de la PUCP del curso de Clínica Jurídica de Acciones de Interés Público, sección derecho a la identidad; y de la actividad Modelos de Abogado y Excelencia Profesional.

Hace unas semanas pude ver Whiplash, familia y amigos no dejaban de comentarla, alababan las actuaciones, el soundtrack, la puesta en escena, no había elemento que no destacaran como notable. Con tan buenos comentarios no había forma que dejara de verla, así que me anime a ir a una de las pocas salas que aún tenía la película en cartelera.

Para los que no hubieran visto o escuchado sobre Whiplash, es una película que se enfoca en la relación entre Andrew Neiman, un estudiante de música y baterista del prestigioso Shaffer Conservatory, y su profesor y director de orquesta, Terence Fletcher.

Desde el inicio queda marcada cual era el tono de la dinámica profesor-alumno. El profesor, una eminencia dentro de la escuela que infundía al mismo tiempo respeto y temor en sus alumnos, estableciendo una valla de excelencia imposible de obtener. El alumno, un joven baterista en su primer año de estudio pero que está dispuesto a alcanzar a base de esfuerzo y obsesión el umbral de excelencia imposible impuesto por su profesor.

La película presenta dos escenas que marcaron para mí el tono de la película, pero que además me dejaron abierta la reflexión que intento plasmar en este artículo.

“Not quite my tempo” es una frase que se repite a lo largo de la película, pero que queda marcada desde la primera escena en la que Andrew se enfrenta al reto de tocar ante su profesor y su estándar de excelencia. La frase, que en una traducción libre significaría “no es mi tiempo”, para un profesor de música y sobre todo un profesor como Terence Fletcher suponía el fracaso del alumno y su posterior humillación por no haber logrado seguir su ritmo y su tiempo.

Para este momento el lector, probablemente preocupado por si en algún momento este artículo será algo más que hablar de cine, se debe preguntar ¿qué relación tiene esto con el Derecho? A ese lector le pido un poco de paciencia, porque el artículo es sobre derecho.

Retomando mi línea argumental, a partir de la escena de “Not quite my tempo”, una preocupación comenzó a rondar por mi cabeza, ¿estamos los profesores de Derecho enseñando de la manera correcta?, una asociación de esta naturaleza podría aparentar no ser muy sensata, ¿Qué tendría que ver una película sobre una escuela de música con la enseñanza de Derecho?

En el medio de esta duda y de no saber hacía donde me estaba llevando mi interpretación de la película, recordé un artículo de Jerome Frank titulado “Why not a clinical law school?[1]. Este artículo, si bien de 1933, guarda vigencia a partir de su acertada crítica al método tradicional de enseñanza del Derecho.

En su artículo Frank plantea una crítica a los mismos cimientos del método de enseñanza predominante en su época. La premisa de la que parte Frank es que la enseñanza del Derecho estaba basada e inspirada en las ideas de Christopher Columbus Langdell. Frank presenta a Langdell como un abogado y profesor de derecho que tenía la firme convicción que todos los materiales necesarios para el aprendizaje de Derecho se encontraban en los textos impresos. Por lo tanto, al convertirse en profesor de Derecho en Harvard, inspiró todo un sistema de enseñanza basado en el aprendizaje a través de los libros, que se convirtió en predominante en la enseñanza legal[2].

Frank explica que esta convicción se debía a la propia naturaleza y características personales de Langdell, que siendo un estudiante de derecho “vivía” en la biblioteca y que en su ejercicio profesional, nunca vio un solo caso real. De alguna manera esta naturaleza particular la trasladó a su docencia y determinó además su propio estándar de cómo se debía estudiar derecho, era su método y no podía imaginar ningún otro.

Volviendo a Whiplash, la segunda escena que marcó mi reflexión se da en un momento en que ambos personajes principales han caído en desgracia, la relación profesor-alumno no existe más, lo que permite un momento de vulnerabilidad de parte de Terence Fletcher, en la que expresa cuál era su motivación para dedicarse a la docencia.

Para ilustrar esta motivación Fletcher cuenta la historia de Charlie Parker y como este se convirtió en el verdadero Charlie Parker (el famoso y atormentado saxofonista de los años 40 y 50) luego de que Jo Jones (un famoso baterista de jazz) le tirara un platillo a Parker por estar sonando mal en el escenario. Parker se va del escenario entre risas del público y lágrimas cayendo de su rostro. Este hecho hizo que Parker se prometiera a si mismo que nunca más se iban a burlar de él y se dedicó a practicar incesantemente, obsesionado con su autopromesa para convertirse en el mejor.

Para Fletcher, si Jones le hubiera dicho simplemente a Parker que hizo un buen trabajo, nunca habría existido uno de los más grandes saxofonistas de todos los tiempos, sino solo uno mediocre. Para Fletcher, la motivación y el deseo de ser profesor pasaba por exigir al máximo a sus estudiantes, exigirlo hasta límites que bordean el maltrato o la humillación, pero exigirlo para buscar la grandeza y la trascendencia.

Tanto Langdell como Fletcher, entendían el proceso de enseñanza a partir de su naturaleza particular, su forma de enseñar está directamente vinculada con sus motivaciones para el Derecho y la música respectivamente. Marcan el modelo propio como aquel que debe ser aplicado para todos, esa es la forma de aprender y no hay otra forma de alcanzar la excelencia.

Sin ánimo de generalizar, creo que muchos profesores de Derecho tendemos a trasladar nuestra propia motivación o la autoimagen de lo que debe ser un alumno de Derecho y lo que este debe alcanzar. La excelencia como criterio de logros, pasa muchas veces por el sentido de lo que esperamos recibir de los alumnos y no tanto sobre lo que les podamos ofrecer.

Se deja de reconocer a la clase como un espacio vivo de aprendizaje y se convierte ésta en una clase vertical donde el profesor impone la forma de aprender a partir de su motivación y deja de lado las motivaciones propias e individuales de cada alumno por aprender.

Con esto no quiero decir que los alumnos no deben ser exigidos, por el contrario, considero que es necesario generar en ellos la motivación por aprender y convertirse en mejores alumnos, profesionales y seres humanos. La ausencia de niveles de exigencia generaría un espacio de aprendizaje inútil.

El salto cualitativo que debemos afrontar como profesores de Derecho pasa por saber reconocer la individualidad de cada miembro de la clase, motivar el aprendizaje, pero no a partir de un único estándar de lo que entendemos debe ser un estudiante de derecho o futuro abogado, sino a partir de reconocer motivaciones distintas, no todos escribirán igual, no todos participarán igual. Los miedos, temores, deseos y objetivos son distintos. Es nuestra tarea reconocerlos y sacar de cada alumno lo mejor a partir de su individualidad.

Esta tarea no es sencilla, marcará muchas veces que no lo logremos, que no seamos capaces de llegar a todos, pero establecerá una línea distinta en nuestro rol como docente y además contribuirá a alcanzar un balance en nuestra esencia propia y la capacidad de llegar a distintos tipos de alumnos, no solo a aquellos que están “on my tempo”.


[1] FRANK, Jerome. Why not a Clinical Law School? University of Pennsylvania Law Review and American Law Register, Vol. 81, No. 8(Jun., 1933), pp. 907-923
[2] Ídem, p. 907-908

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