Sabrina P. Vecchioni
Abogada. Magíster en Ciencias Sociales con mención en Género, Sociedad y Políticas Públicas (FLACSO-PRIGEPP). Profesora de Derecho Internacional Humanitario, Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Miembro de la Red Interdisciplinaria de Derechos Humanos (REDii –ex REDLAIDH
La violencia basada en el género constituye uno de los fenómenos más antiguos de la historia de la humanidad, cuyas consecuencias se proyectan en todo el entramado social que promueve y perpetua diferentes formas de desigualdad estructural a la que son sometidas las mujeres, niñas y adolescentes, junto a las personas LGTTBIQ –lesbianas, gays, travestis, transexuales, bisexuales, intersex y queer-. Sin embargo, resulta innegable que la pandemia de COVID 19 y las medidas adoptadas por los gobiernos han llevado a nuevas formas de violencia y a la exacerbación de otras como producto de la inexistencia de instrumentos de políticas públicas diseñados e implementados con un enfoque de género.
Podemos señalar entonces que desde el 31 de diciembre de 2019, cuando la Comisión Municipal de Salud de Wuhan -provincia de Hubei, China- notificó a la Organización Mundial de la Salud –OMS- sobre la existencia de un conglomerado de casos de neumonía en la ciudad, que posteriormente, se descubriría eran causados por una nueva forma de virus o coronavirus de similares características al SARS y MERS (OMS, 2020), se produjo un cambio dentro del paradigma de la violencia basada en el género como la conocíamos, forzando a nuevas acciones tanto por parte de actores estatales, como de la sociedad en general.
Frente a esta situación cabe preguntarnos si las herramientas diseñadas e implementadas con anterioridad resultan adecuadas, qué nuevas iniciativas pueden aplicarse a las formas de violencia propias de un contexto de aislamiento, el grado de vigencia de los estándares de protección en materia de derechos humanos de las mujeres y, principalmente, qué desafíos y lecciones nos ha brindado el COVID 19 en materia de género y derechos.
El presente trabajo busca realizar un resumen sobre los principales desafíos que la pandemia de COVID 19 presenta en materia de acceso y goce efectivo de derechos con base en el género y, las lecciones que hasta la actualidad se hace necesario implementar a los fines de lograr la efectividad de los derechos en un contexto previo de desigualdad estructural agravado frente a la “nueva normalidad”. Para ello, nos centraremos en el análisis del impacto diferenciado de género de la pandemia conforme los siguientes ejes: violencia de género y acceso a la justicia, nuevas formas de desigualdad laboral con base en el género, roles de cuidado y, medidas contra la pandemia desde una política pública con enfoque de género.
- Violencia de género y COVID 19. Reflexiones necesarias frente a los nuevos desafíos.
La violencia basada en el género constituye un fenómeno presente en todas las sociedades de manera diferenciada y estructural. Si bien los Estados han asumido compromisos en el ámbito internacional e interno tendientes a la erradicación de esta forma de violencia, cierto es que los avances registrados no han llevado a lograr su eliminación y eso quedó evidenciado en la adopción de un objetivo propio en la Agenda 2030 de las Naciones Unidas [1].
En el ámbito regional Latinoamericano, la CIDH ha señalado que las mujeres, niñas y adolescentes se encuentran insertas en un contexto “[…] profundamente marcado por la violencia y la discriminación contra ellas, que se vincula con las condiciones de discriminación estructural hacia las mujeres y por los estereotipos de género presentes en todos los países del hemisferio” (CIDH, 2019:10). En igual sentido, se ha asegurado respecto de la población LGTBIQ, donde la CIDH observó “[…] que siguen estando presentes los diversos tipos de violencia física, psicológica y sexual identificados en la región” (CIDH, 2018: 9). En ambos casos el acceso a la justicia en reclamo por hechos de violencia basada en el género continúa siendo un motivo de preocupación regional a pesar de los avances en materia legislativa, de políticas públicas y de decisiones judiciales en distintos países de América Latina (CIDH, 2018).
Estos patrones presentes en las sociedades de la región se agravaron aún más con las primeras medidas adoptadas por los Estados y tendientes a evitar la propagación del virus de COVID 19, que se centraban en la restricción de circulación. Bajo el lema “Quedateencasa”, se realizaban llamados a la población tendientes a la permanencia en ámbitos cerrados, junto a quienes se habita, evitando cualquier exposición al contagio. Sin embargo, lo que no vislumbraban las autoridades con acabada suficiencia era cómo evitar la violencia doméstica y/o intrafamiliar, cuando se dejaba a las víctimas de dichas formas de violencia en contextos de encierro junto a los perpetradores de dichas acciones (Cañete Alonso, 2020).
Sumado a ello, la restricción de circulación tuvo un impacto significativo en el funcionamiento de organismos públicos administrativos y judiciales destinados a brindar protección a las personas víctimas de dichas formas de violencia. No debe olvidarse que el impacto más significativo se debió al cierre de las oficinas y la modificación de labores al denominado “modo remoto”, mediante la implementación activa de la atención al público a través de líneas telefónicas, mensajes de whatsapp y/o a través de redes sociales. Sin embargo, en cuanto al acceso a la justicia, la modificación en la tramitación de causas y la adopción de medidas respecto al acceso a la justicia de personas víctimas de violencia de género, se vio obstaculizada frente a la imposibilidad burocrática de lograr un funcionamiento acorde a las necesidades de las personas víctimas de estos hechos.
Como consecuencia de ello, el secretario general de la Organización de Naciones Unidas (ONU), Antonio Guterres, realizó un llamado mundial a proteger a las mujeres en sus propios hogares, afirmando que “en las últimas semanas, con el aumento de las presiones económicas y sociales, y del miedo, hemos visto un estremecedor repunte global de la violencia doméstica” (Guterres, 2020). Entre las medidas a las cuales se exhortaba a los Estados se solicitó la implementación de sistemas de alerta y de emergencia en farmacias y supermercados, únicos comercios que permanecían abiertos en muchos países, y se planteó la necesidad de que las casas de acogida sean consideradas servicios esenciales: “Debemos asegurarnos que las mujeres puedan pedir ayuda de manera segura, sin que quienes las maltratan se den cuenta” (Guterres, 2020).
En igual sentido la CIDH, manifestó su profunda alarma por las cifras que demostraron el incremento de las denuncias de violencia intrafamiliar tras el establecimiento de las medidas de confinamiento y distanciamiento social adoptadas por las autoridades nacionales para la contención del contagio del COVID-19 en los países de la región (CIDH, 2020a).
Frente a un nuevo contexto social, económico y político; no debe olvidarse que cualquier modificación en la situación de vida normal de las personas tiene la capacidad de influir significativamente en el desarrollo de la vida intrafamiliar acrecentando los niveles de violencia previamente existentes, como también, generándolos si antes no se sucedían. Todo lo cual tenía un potencial significativo en el entramado social, ya que en las condiciones generadas por la pandemia, muchas mujeres se ven imposibilitadas de salir de sus hogares para efectuar denuncias, renovar las medidas judiciales tendientes a evitar que los perpetradores de hechos de violencia se acerquen a sus domicilios o tengan contacto con ellas y/o sus hijos, como también, en el acceso a refugios de emergencia, sumado a la invisibilización de la violencia por imposibilidad de acceso a denuncia de numerosos hechos de estas características (ONU Mujeres, 2020: 3).
Entre las medidas que debían adoptar los Estados dentro del esquema de política pública destinada a combatir la pandemia de COVID 19, se incluía una mirada diferenciada con enfoque de género que permitiera fortalecer “los servicios de respuesta a la violencia de género, en particular la violencia intrafamiliar en el contexto de confinamiento y aislamiento social. Ello, mediante el desarrollo de mecanismos alternativos de denuncia, la ampliación de la oferta de refugios para víctimas de violencia doméstica y el fortalecimiento de la capacidad de agentes de seguridad y actores de justicia para ofrecer respuestas oportunas en el contexto de la pandemia” (CIDH, 2020a). En concordancia con el deber de debida diligencia que tienen los Estados y el cual no cesa frente a la pandemia, debiendo “investigar los hechos de manera pronta y exhaustiva, juzgando y sancionando a sus responsables, y reparando a las víctimas y sus familiares. Estos procedimientos deben contener un enfoque de género y la protección integral a las víctimas. En el contexto de la pandemia, […] los Estados deben promover campañas masivas por los medios de comunicación y medios sociales enfocadas en la diseminación de información de los mecanismos disponibles para denuncia y apoyo a las víctimas.” (CIDH, 2020a).
En igual sentido respecto de las personas LGTBIQ se pronunció el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), al exhortar a los Estados, entre otras medidas, a que los refugios, los servicios de apoyo y toda acción destinada a abordar la violencia de género durante la pandemia COVID19 deben incluir a la población LGBTI, en particular, las medidas que restringen el movimiento deben proporcionar protección a las personas trans y género no conforme. Asimismo, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben recibir instrucciones y ser capacitados para no discriminar a esta población. Todo ello en el entendimiento de que las autoridades no deben usar Estados de Emergencia u otras medidas similares para revertir los derechos y garantías existentes que se aplican a este segmento de la población (ACNUDH, 2020).
De esta forma, y frente a las primeras cifras de crecimiento exponencial de la violencia de género en el ámbito intrafamiliar, en particular, ante la falta o inadecuada respuesta de los mecanismos de asistencia y juzgamiento, se manifiesta la necesidad de readaptación de los estándares de protección existentes ante las condiciones creadas por la nueva normalidad. Este resulta ser el mayor desafío tanto para quienes se encuentran abocados al diseño e implementación de políticas públicas, como también, para los operadores de justicia y las organizaciones de la sociedad civil (AI, 2020).
La necesidad de modificar la labor previamente asumida en parámetros de normalidad, frente a la incertidumbre de un contexto nuevo, se ha traducido en muchos casos en obstáculos y barreras infranqueables para quienes eran destinatarios/as de dichas actividades (ONU Mujeres, 2020), erigiéndose en una deuda post-pandemia de magnitudes significativas.
- Empleo y roles de cuidado en tiempos de pandemia
La desigualdad estructural en la región se manifiesta también en el acceso al mercado de trabajo (CEPAL, 2017), donde en muchos casos las mujeres no poseen las mismas posibilidades que sus pares hombres en las carreras laborales, ya sea en el ámbito privado como instituciones públicas. Tampoco puede obviarse que esa desigualdad se traduce en la imposibilidad de acceso a la educación y herramientas de formación para las mujeres y las personas LGTBIQ, viéndose relegados ambos segmentos a trabajos en el mercado informal (CEPAL, 2019). Lo expuesto tiene un impacto en la asunción de los roles de cuidado que, social y culturalmente, se asignan a las mujeres, no importando su grado de formación, y/o de acceso a un empleo formal o informal (CEPAL, 2018).
Como corolario, la pandemia de COVID 19 y la adopción de medidas tendientes a la reformulación del desempeño de trabajos formales e informales, se ha traducido en nuevos desafíos que acrecientan la brecha existente en cuanto al acceso al trabajo y el desarrollo de este por parte de las mujeres y las personas LGTBIQ.
Para el caso de las mujeres en trabajos formales, las restricciones a la circulación producto de la pandemia trajeron aparejado un rediseño obligatorio de las labores de cuidado en la búsqueda infructuosa de conciliar las nuevas modalidades de teletrabajo con las tareas del hogar, afectando a los hogares monoparentales como aquellos donde ambos padres debían conciliar las tareas de cuidado con sus parejas. Así, las encuestas de uso del tiempo en América Latina y el Caribe mostraban que antes de la pandemia las mujeres dedicaban entre 22 y 42 horas a la semana al trabajo doméstico y del cuidado no remunerado, tres veces más que los hombres (CEPAL, 2020a). La distribución por país muestra que las mujeres asumen entre el 67% y el 86% del trabajo del cuidado no remunerado de los hogares (Jara Males, 2020).
Si bien muchos Estados permitieron el uso de licencias tendientes a garantizar que tanto mujeres como hombres pudieran cumplir con las labores de cuidado de hijos/as menores de edad y adultos mayores bajo su cargo, cierto es que en la mayoría de los casos esto implicó una sobrecarga de tareas en mayor medida para las mujeres (ONU Mujeres, 2020b), en particular si se considera el incremento de tiempo destinado a tareas de mantenimiento del hogar (limpieza, compras de alimentos, etc.), sumado al rol preponderante que se asignó a las madres en el acceso a la educación de los niños, niñas y adolescentes ante el cierre de los establecimientos educativos y el establecimiento en muchos casos de “educación virtual”, donde las madres asumían un rol docente desconocido hasta entonces (UNESCO, 2020).
En este sentido, la implementación del trabajo remoto en muchos casos fue realizada sin considerar los contextos familiares y labores de cuidado de las trabajadoras, afectando de manera significativa los contextos de vida intrafamiliar (CEPAL, 2020a). Sumado a ello, se vieron afectadas por las medidas estatales aquellas trabajadoras/es de los sectores declarados como “esenciales”, a quienes no solo se los habilitaba a circular, sino que en muchos casos se incrementaban sus jornadas laborales tanto presenciales como en modo remoto sin que ello significara un aumento salarial u otro beneficio (Grow, 2020). Tampoco debe olvidarse que los servicios de salud se encuentran integrados en su mayoría por personal sanitario femenino resultando el impacto de la pandemia en la necesidad de medidas receptivas a sus necesidades y a las de sus grupos familiares (UNICEF, 2020), lo cual no fue considerado en la mayoría de los países, donde se extendieron las exigencias laborales producto de la pandemia sin mejoras en las condiciones laborales.
Cabe destacar, asimismo, que uno de los segmentos de población más afectado por las restricciones producto de la pandemia fue aquel dedicado a actividades del mercado laboral informal, siendo en su mayoría las más perjudicadas mujeres (UN, 2020). La imposibilidad de circulación y permanencia, implicó la imposibilidad de acceso a bienes básicos como ser alimentación, vivienda y educación, contribuyendo al incremento en los niveles de desigualdad y pobreza (CEPAL, 2020b), en particular entre quienes ejercen la venta ambulante de productos y las trabajadoras domésticas.
- Abordar la pandemia de COVID 19 con un enfoque de género
Una de las principales cuestiones a debatir en cuanto a la forma en la que los gobiernos afrontaron la crisis sanitaria producto del COVID 19, se centró en la inexistencia de medidas adoptadas con un enfoque de género, es decir, que los instrumentos de política pública y decisiones tendientes a afrontar el crecimiento de contagios y la afectación del orden público en ningún momento siguieron una mirada diferencial en cuanto a la existencia de una situación de desigualdad estructural con base en el género, la orientación sexual y la identidad de género.
De esta forma, la imposición de restricciones a la circulación, al ejercicio del derecho al trabajo y de reunión, el cese del funcionamiento de servicios básicos, el freno al funcionamiento de la economía y el aumento de factores prexistentes de crisis financiera tuvieron un impacto mayor y significativo en segmentos de la población con base en su género. Así, como se mencionó precedentemente, no solo debemos centrarnos en los efectos que las medidas de emergencias tuvieron respecto a los fenómenos de violencia basada en el género; sino también en cuestiones como el acceso a la educación de niños/as y adolescentes que no tenían acceso a internet y/o a una computadora para mantener clases virtuales, mujeres trabajadoras del sector formal que debían afrontar las tareas del hogar y tareas de cuidado de hijos/as y/o adultos mayores a su cargo sumado a la extensión de jornadas laborales en “modo remoto”, donde en muchos casos no se les consultaba si contaban con los medios tecnológicos para afrontar esa nueva modalidad laboral. En otros casos, muchas empresas del sector privado implementaron reducciones laborales y despidos como consecuencia de la imposibilidad de afrontar los gastos de personal ante la imposibilidad de producir (ONU Mujeres, 2020b: 4-9).
Para las trabajadoras del sector informal el impacto fue aún mayor, no solo respecto a las tareas y roles de cuidado frente a la “nueva normalidad”, sino a cuestiones básicas como acceder al dinero que les permitiera alimentarse y a su grupo familiar, mantener alquileres de vivienda durante los prolongados lapsos de encierro (ONU Mujeres, 2020b: 4-9). Más aún, en el caso de las personas LGTBI, la imposición en muchos países de períodos prolongados de aislamiento trajo como consecuencia la imposibilidad de trabajar en el sector informal/venta ambulante, perdida de la vivienda y en muchos casos el recrudecimiento de la violencia por parte de las fuerzas de seguridad en la vía pública (CIDH, 2020b).
Lo expuesto nos lleva a preguntarnos si las medidas adoptadas y la falta, en la mayoría de los casos de un enfoque de género de éstas, se debe a la falta de mujeres en puestos claves en los órganos encargados de decisión o es una falla de modelos prexistentes.
En países como Alemania, Finlandia, Noruega, Dinamarca, Nueva Zelanda, Taiwán; las primeras ministras y presidentes abordaron la expansión del virus de COVID 19 de una forma que no implicará el cese total de derechos y funcionamiento de las sociedades. En Nueva Zelanda, las restricciones a la circulación y el aislamiento fueron medidas adoptadas cuando el nivel de casos no superaba la decena y eso permitió que los contagios no fueran masivos. En Islandia y a los fines de promover mayores cuidados entre la población, las autoridades brindaban la posibilidad de realizarse testeos gratis a la población, lo que generaba mayor conciencia sobre medidas como auto-aislamiento e higiene necesaria para evitar el contagio. Sin embargo, el común denominador de las políticas implementadas no fue su adopción por una mujer, sino la asunción desde un primer momento de la gravedad de la situación, de la incertidumbre que ello significaba para el desarrollo normal de la sociedad, y la puesta en marcha de políticas que buscaban asegurar el acceso a derechos con base diferenciada en el género, promoviendo un abordaje más empático de la pandemia de COVID 19 (Forbes, 2020).
A diferencia de sus pares hombres en el resto del mundo, los países expuestos pudieron establecer de manera anticipada la necesidad de políticas públicas diferenciadas conforme las desigualdades estructurales que en cada sociedad afectan de manera diferenciada a hombres y mujeres, atendiendo a la su orientación sexual y/o identidad de género; y con base en ello implementar medidas para afrontar la pandemia. El común denominador no fue otro que la inclusión de todos los segmentos de la sociedad como actores necesarios en la lucha y no solo como meros sujetos del bienestar general.
En Latinoamérica la pandemia se ha puesto de manifiesto como nunca antes la crisis de gobernanza que desde hace décadas no se ha podido superar y, cuyos efectos tienen el potencial de erosionar el tejido social. Luis Felipe López-Calva, Subsecretario General de Naciones Unidas y Director Regional del PNUD para América Latina y el Caribe, afirmó que “[…] al igual que ocurre con los efectos del virus en organismos con condiciones médicas preexistentes, nuestras sociedades están más afectadas por debilidades crónicas estructurales pre-pandemia: alta desigualdad, contratos sociales fragmentados, magra productividad y crecimiento, baja confianza en las instituciones públicas y debilidad fiscal. Por eso el COVID-19 en Latinoamérica no es solo una emergencia sanitaria y socioeconómica sino también una crisis de gobernanza” (PNUD, 2020). Así, no se trata solamente de eliminar formas de contagio del virus, sino que el foco central a nivel regional se centra en medida de gobernanza efectiva que adopten los Estados considerando los problemas estructurales prexistentes que afectan a sus sociedades, lo que no se ha observado hasta ahora.
Si bien lo extraordinario y sin precedentes de la crisis sanitaria producto del COVID 19 se erige en la justificación utilizada por los mandatarios de la región en cuanto a la ineficacia de las medidas adoptadas, máxime frente a un escenario futuro que evidencia el acrecentamiento de los problemas pre-pandemia, cierto es también, que en ningún momento la incorporación de un enfoque de género en el abordaje de la crisis fue parte de las medidas adoptadas y ello tendrá efectos en el futuro.
- Algunas reflexiones finales
La pandemia de COVID 19 ha significado un catalizador en la forma de vida que hasta su aparición tuvimos, los desafíos producto de la pandemia se manifiestan en todo el mundo y las medidas tendientes a su lucha no resultan del todo eficaces.
A casi un año de la aparición de los primeros casos en China, se cuestiona el accionar poco eficaz no solo de dichas autoridades nacionales, sino también de la Organización Mundial de la Salud en cuanto a advertir, investigar y contener el virus. Los contagios masivos y el temor por el colapso de los servicios de salud públicos y privados, llevaron a que la mayoría de los Estados cerraran sus fronteras e impusieran restricciones de todo tipo, en particular, a la circulación de personas.
Estas medidas tenían como objetivo evitar contagios y el avance la enfermedad, como también, evitar muertes innecesarias de población. Sin embargo, una queja constante a nivel mundial fue la falta de un abordaje con enfoque de género de las medidas a impulsar y con ello, el diseño, adaptación e implementación de instrumentos de política pública que fueran receptivos y dieran respuesta a las necesidades de la población. Lo cual no es un problema producto de la pandemia, sino uno de larga data.
Cabe destacar que al comienzo de la crisis mundial producto del COVID 19, los Gobiernos de la región, reunidos en la XIV Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe aprobaron el Compromiso de Santiago (27/31 de enero de 2020), en cual señalaban que: “Hoy, cuando las economías se ven golpeadas por una crisis de salud sin precedentes, es esencial alertar sobre el hecho de que las medidas económicas y sociales que se consideren para paliar los efectos de esta situación no deben suponer recortes fiscales que afecten los avances hacia la igualdad de género ni deterioren la autonomía de las mujeres. En particular, es importante que el tiempo de las mujeres no se convierta, como ha sucedido a lo largo de la historia, en un factor de ajuste del que los Estados disponen para afrontar la crisis y los nuevos escenarios económicos”.
A casi un año de vivir en pandemia si observamos las medidas adoptadas a nivel regional para hacer frente a la crisis sanitaria mundial, podemos observar que la declaración precedente no ha tenido vigencia y que el mayor temor se hace presente en el agravamiento de las desigualdades estructurales con base en el género, y la redefinición de roles y derechos a los cuales debemos acceder con base en el género.
[1] La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), aprobados en 2015, propone una hoja de ruta para lograr progreso sostenible que no deje a nadie atrás. Entre los objetivos se destaca el Objetivo Nro. 5 que busca lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, a través de acciones tendientes a garantizar el respeto de los derechos de las mujeres y niñas por medio de todos estos objetivos como la única vía para obtener justicia, lograr la inclusión, conseguir economías que beneficien a todas las personas y cuidar nuestro medio ambiente, ahora y en las generaciones venideras (ONU Mujeres, 2020)
Bibliografía
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