Dr. Francisco Javier Garrido Carrillo
Profesor de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada
La extensión del conocimiento mediante las nuevas tecnologías, es un hecho constatado desde hace ya algunos lustros, y el ámbito de la educación no puede ser ajeno a ello. Los conocimientos sobrepasan todo tipo de barreras, ya sean temporales, territoriales o de cualquier otro género haciendo cada vez más real la denominada aldea global a la que ya se refirió Marshall McLuhan [1]. Este proceso global ha tenido y tiene muchos pros y contras, pero sin duda alguna discurrirá hacia ese espacio común de educación superior, y hacia el reconocimiento mutuo de cualificaciones profesionales, haciendo realidad la libre circulación de personas y servicios.
1.- Viabilidad de las nuevas tecnologías en la enseñanza del Derecho.
En la enseñanza y el aprendizaje del Derecho se persigue que el alumnado alcance capacidades, competencias y habilidades para el desarrollo de su labor profesional. No sólo son necesarios unos contenidos esenciales sino que se requieren de una serie de destrezas, herramientas e instrumentos que harán posible su trabajo (desde la oratoria, la expresión escrita, la síntesis, el trato con las personas, la habilidad de recomponer y reestructurar pensamientos que se adapten a nuevas circunstancias, el uso de medios tecnológicos….etc.). Es por todo lo referido por lo que se incorpora al sistema educativo la inserción transversal de las TIC’s (Tecnologías para la información y el conocimiento) para el logro de aprendizajes significativos, fomentando la necesidad de un cambio en las metodologías tradicionales de enseñanza, que permite el retorno a la individualización en el proceso de aprendizaje e impulsa la creación de programas que faciliten la presentación de los contenidos de diversas perspectivas.
Todos estos medios al servicio de los actores del proceso educativo, y con su adecuado uso, hacen una enseñanza de calidad que está en continuo cambio, pues el dinamismo de las nuevas tecnologías se traslada en tiempo real al uso de las mismas en el ámbito de la educación, las tutorías on-line, los espacios virtuales interactivos, etcétera, son ámbitos cada vez más desarrollados y presentes en la labor docente. Todo esto precisa de un nuevo proceso de adaptación pedagógica, pasando de una enseñanza monótona a una participativa, de un aprendizaje pasivo a uno activo, de una docencia presencial a una virtual, en definitiva haciendo del alumno el protagonista de su propio proceso de formación.
Las nuevas tecnologías aplicadas a la educación son métodos de relación donde el aprendizaje está reforzado con un soporte visual, se exponen ejemplos de documentos, imágenes o cualquier otra referencia visual que ayude a la consecución efectiva del aprendizaje. Asimismo podríamos destacar una serie de características de las Nuevas Tecnologías aplicadas a la educación, y estas son las siguientes:
- Equilibran los procesos de pensamiento (visual-racional).
- Propician el manejo de la información y desarrollo de la creatividad.
- Responden a las exigencias de la sociedad.
- Favorecen la innovación.
- Tienen un propósito instructivo.
- Articulan lenguajes propios con códigos específicos.
- Elaboran, recogen información, la almacenan, procesan, presentan y difunden.
- Permite una formación individualizada. Cada alumno puede trabajar a su ritmo.
- Planificación del aprendizaje, según sus posibilidades, el estudiante define los parámetros para realizar su estudio.
- La enseñanza llega al alumno sin que este tenga que desplazarse o abandonar sus ocupaciones.
- Los nuevos medios proporcionan grandes oportunidades para la revisión, el pensamiento en profundidad y para la integración.
Las tecnologías de la información y la comunicación, usadas en contextos presenciales o a distancia, pueden comunicar altas expectativas de manera explícita y eficaz. Por ejemplo, se puede utilizar el correo electrónico para enviar mensajes a los estudiantes con las expectativas del profesor sobre determinada asignación o tarea. De manera similar, el uso de la página Web de un curso se puede convertir en el medio de transmisión de pensamientos motivadores y de experiencias de otros alumnos, lo que puede resultar en una mayor autoestima del alumno y mejorar su expectativa en cuanto al éxito.
Muchos profesores han manifestado que sus estudiantes se sienten estimulados si sus mejores trabajos son publicados en la web[2]. Con la tecnología, los criterios para evaluar los productos y las actuaciones pueden ser articulados más claramente por el docente, o pueden ser generados de manera colaborativa en conjunto con los estudiantes.
La vinculación entre Educación y las TIC’s, constituyen hoy una práctica de formación integral del estudiante, a través de una educación que sea reflexiva, enriquecedora, que explicite las formas de relacionarse con el conocimiento, logrando así una genuina educación para una sociedad que requiere insertarse en los procesos de innovación y modernización, capaz de adaptarse a los cambios en cuanto a la forma de transmitir y lograr el aprendizaje. Conociendo como exigencias de este milenio, que la educación y el conocimiento se coloquen en el debate acerca de las estrategias de desarrollo económico y social.
Un escenario de esta naturaleza, otorga más importancia a la producción de conocimientos y a las capacidades de adaptarse a distintas situaciones estando en un permanente proceso de aprendizaje, enfatizando en la adquisición de hábitos de estudios e investigación individual, insertando las TIC’s como herramientas en el proceso instruccional, logrando así una sociedad permanentemente informada donde se produzca un aprendizaje durante toda la vida, partiendo de los cinco pilares de la educación que plantea la UNESCO, los cuales son: ser, conocer, hacer, convivir y emprender. Además de fundamentar los procesos de aprendizaje en la dimensión ética y cultural, dimensión científica y tecnológica y la dimensión social y económica.
Se trata entonces, de usar las TIC’s para la obtención de resultados significativos en el aprendizaje, ya que esto implica la aplicación de varios principios, tales como: contar con objetivos claros, tener una buena estructuración de los materiales de aprendizaje, congruencia con las necesidades de los alumnos, entre otros, ofreciendo al alumno la individualidad además de distintas formas de abordar la información, mediante diversos estilos de aprendizaje. Esto, a su vez requiere redimensionar la labor docente, reflexionar sobre la acción pedagógica, las estrategias utilizadas, los aprendizajes logrados. Implica además, revisar concepciones, paradigmas sobre lo que es enseñar, aprender y evaluar; tríada vital dentro de un proceso educativo de calidad.
Se convierten los medios tecnológicos en nuevos recursos didácticos en apoyo al desarrollo de las competencias, generando conocimientos, promoviendo la capacidad de innovar, motivando la compresión y asimilación de contenidos, además de ser el uso de ellos en sí mismo una herramienta de trabajo.
2.- Las Nuevas tecnologías como un recurso metodológico en la enseñanza del Derecho.
El conocimiento en Derecho implica muchos ámbitos que lo dotan de una gran importancia para el desarrollo de los mecanismos sociales, esto implica que la complejidad que conlleva se vea también afectada en la transmisión de dicho conocimientos en las aulas[3]. El uso de los medios tecnológicos en la enseñanza es una ayuda, donde la información, debidamente procesada y evaluada, se transforma a través del razonamiento humano, en conocimiento. La universidad ha incorporado las tecnologías de la información y la comunicación, pero hemos de tener en cuenta que las nuevas tecnologías no pueden en ningún momento sustituir la figura del profesor[4].
Desde un punto de vista práctico con la utilización de las nuevas tecnologías en el aula se suprimen inconvenientes tales como una grafía ininteligible para los alumnos, el tiempo que pierde el profesor en escribir en la pizarra, por otro lado proporciona la posibilidad de tener la clase preparada de antemano con una disponibilidad inmediata. Es por esto que las tecnologías son un medio idóneo para mejorar la enseñanza en progreso sumativo de metodología del profesor y soporte dinámico de medios tecnológicos. Pero dicho esto, no hemos de olvidar que en la enseñanza del derecho es primordial que los conceptos se transmitan de forma clara y entendible, donde el alumno construye un conocimiento de conexión en red. Para los estudios del derecho es importante la relación que se establezca en el conocimiento que proporcionará las bases de pensamiento jurídico que se alimenta del razonamiento expositivo de la consecución del saber. En este sentido hemos de entender que el uso de plataformas virtuales son un medio de comunicación entre el profesorado y el alumnado, además de una interrelación y consecución de contenidos y procedimientos educativos. Son el marco de trabajos prácticos, donde el alumno desarrolla su capacidad de estudio de forma práctica, ya que realizan ejercicios que son corregidos al instante, y esto hace en ellos una respuesta inmediata al error con la posibilidad de corregirlo al instante de haberlo pensado, suponiendo una técnica pedagógica instrumental.
Procede ahora referimos a la educación a distancia, en la que encontramos que el rango de tecnologías que propician el aprendizaje activo es asombroso. La mayoría está en una de las siguientes tres categorías: herramientas y recursos para «aprender haciendo», intercambio asincrónico y conversación en tiempo real. Por ejemplo, para la categoría «aprender haciendo», la capacitación del aprendiz ha sido apoyada por tecnologías más recientes que pueden enriquecer y expandir estas oportunidades.
En cuanto al intercambio asincrónico, el correo electrónico es un ejemplo común del uso de las TIC’s en la educación a distancia. La ventaja que esto proporciona es que tanto el emisor como el receptor del mensaje pueden tomarse su tiempo para meditar su respuesta o ubicar información necesaria para dar una respuesta adecuada. Esta herramienta se convierte así en un excelente medio para propiciar el aprendizaje activo y significativo del discente. Además, el correo electrónico permite que el envío de trabajos por parte de los estudiantes y de sus correcciones por parte del docente se haga de manera más rápida, minimizando el tiempo de espera para el alumno y proporcionando una retroalimentación a tiempo.
Por lo que se refiere a la conversación en tiempo real o de tipo sincrónica se logra en las TIC’s usando, por ejemplo, las plataformas virtuales, en foros o chat. La charla electrónica simula la conversación real que establece el profesor con sus estudiantes o los estudiantes con sus compañeros, con la ventaja adicional que en la mayoría de los casos la conversación queda grabada de manera digital para una posterior revisión del docente y/o de los alumnos[5].
3.- Evaluación crítica del uso de las nuevas tecnologías en su función de apoyo metodológico.
Es un hecho que las nuevas tecnologías aplicadas a la enseñanza despiertan el interés y motivación en los alumnos, y el aprendizaje que se logra es cooperativo. Permiten flexibilidad en los estudios, en la utilización de plataformas virtuales donde el alumno accede a estas por medio de su equipo, en el espacio-tiempo que les proporciona la libertad de tener a su alcance la materia a tratar.
Por otro lado el uso de estas tecnologías ha facilitado la comunicación entre profesores y alumnos, que acceden por medio de ellas, de forma que ambos se benefician de la intercomunicación sin que entre en discordancia la imposibilidad horaria o espacial entre ambos, agilizando los mecanismos de comunicación. Además se logra un alto grado de interdisciplinariedad. Permite el desarrollo de habilidades de búsqueda y selección de la información, formando a nuestros alumnos en competencias de gran significación y efectividad para su vida. Asimismo se mejora las competencias de expresión y creatividad, permitiendo un fácil acceso a mucha información y de todo tipo, así como a la visualización de simulaciones, que los trasporta a la idea práctica del problema.
También hemos de destacar que el acceso a múltiples entornos educativos y entornos de aprendizaje, permiten a su vez una personalización de los procesos de enseñanza y aprendizaje. En definitiva se da un incremento considerable de la información de la que dispondrán los profesores y alumnos, que puede ser recibida en distintos códigos, rompiendo las barreras espacio-temporales y proporcionando una nueva forma de construir el conocimiento, favoreciendo el trabajo colaborativo y el auto-aprendizaje debido a que la información ya no se localiza en un lugar determinado.
Pero nuestro análisis no sería completo si no hiciéramos referencia a los inconvenientes de la aplicación de las TIC’s en el aula, entre los cuales podríamos destacar que en ocasiones resulta una pérdida de tiempo, cuando la materia no está bien adaptada a su fin, y es que, como ya señalamos antes, todas estas tecnologías deben estar guiadas y sujetas a las observaciones y directrices del profesorado, ya que de no ser así pueden ocasionar aprendizajes incompletos y superficiales, y es que no se puede prescindir de una de las importantes bases de la educación: la relación social.
Asimismo, no podemos dejar de apuntar es que el uso de las nuevas tecnologías aplicadas a la educación exige nuevas destrezas, es decir, son necesarios nuevos conocimientos, además de aprender a buscar y transmitir información y conocimientos a través de las TIC’s (construir y difundir mensajes audiovisuales), hay que capacitar a las personas para que también puedan intervenir y desarrollarse en los nuevos escenarios virtuales.
4.- Adquisición de competencias en la enseñanza de derecho.
En la realidad europea tras la denominada Declaración de Bolonia se da primacía a que el alumno adquiera competencias, es un cambio de la enseñanza al aprendizaje. Si queremos que el alumno aprenda, hay que ponerle en situación de resolver el problema que originó un objeto de estudio. Es la importancia del razonamiento empírico-inductivo en la elaboración de nuevos conceptos, donde los alumnos son participes de su propio aprendizaje[6].
El Espacio Europeo de Educación Superior persigue la formación de los estudiantes en competencias, lo que exige una transformación de la estructura de las enseñanzas junto con una serie de cambios en la metodología docente y en el proceso de aprendizaje. Por su parte, cada título universitario tendrá como objetivo la adquisición de dichas competencias (que pueden ser generales o específicas) ya que, de hecho, el título surge en función de la necesidad de alcanzar las mismas. Además, es preciso acercar los estudios universitarios al ejercicio profesional, potenciando los aspectos prácticos de la enseñanza, lo que se traduce en que el alumno debe adquirir aquellas competencias que le resulten de utilidad para un adecuado desarrollo y desempeño profesional al acabar sus estudios. Resumiendo, se consideran competencias básicas la adquisición de conocimientos, la capacidad para aplicar los mismos a la resolución de problemas, la capacidad de reunir e interpretar datos y emitir juicios, la capacidad de transmisión y la de seguir aprendiendo.
Las competencias se diferencian en dos tipos, transversales (comunicación, expresión, …etc); y específicas (competencia lógica o argumentación, motivación de texto jurídicos, …etc.). Las primeras son comunes y generales a otras áreas del conocimiento, mientras que las competencias específicas son propias de la materia, en este caso de la enseñanza de Derecho. Algunas de las trasversales ya estarán adquiridas para dar paso a las competencias específicas, pero de no ser así deberán trabajarse para dotar de calidad a las competencias especificas así como a la consecución de los objetivos que persigue.
En el caso de los estudios jurídicos la adquisición de competencias se refiere a la toma de conciencia de la importancia del derecho, el aprendizaje de la terminología y de los conceptos jurídicos indispensables para la vida académica y profesional, la adopción de una actitud y conciencia crítica del ordenamiento jurídico, la percepción del carácter unitario de dicho ordenamiento y la visión interdisciplinaria de los problemas jurídicos, el manejo de las fuentes jurídicas (legales, jurisprudenciales y doctrinales), la capacidad de aplicar las normas jurídicas (en permanente cambio) a situaciones concretas y a la resolución de problemas y conflictos jurídicos, la comprensión y el conocimiento de las normas y de las instituciones jurídicas públicas y privadas desde sus orígenes y de las principales formas de crear el derecho (en su evolución histórica y en la actualidad), la capacidad de leer y de interpretar textos jurídicos, la capacidad de redactar documentos y escritos jurídicos (desarrollando y perfeccionando la expresión escrita) y de argumentar jurídicamente, la oratoria y la capacidad de exponer y debatir ante un auditorio y, en concreto, ante los tribunales de justicia (desarrollando y perfeccionando la expresión oral), el dominio de las técnicas informáticas en la obtención de información jurídica (destreza en la utilización de las bases de datos de legislación, jurisprudencia, bibliografía), etc. Todas estas competencias irían dirigidas a la formación integral de un jurista con valores morales sólidos, con profesionalidad y compromiso ético.
Finalmente, podríamos aludir a las competencias concretas de cada asignatura que contribuyen a la consecución de las anteriores. Se trataría de conocimientos teóricos o prácticos y habilidades o destrezas directamente relacionados con la disciplina en cuestión. El conocimiento hay que comprenderlo, retenerlo y saber aplicarlo.
En base a lo argumentado, está previsto el uso de los medios tecnológicos en el proceso de adquisición de competencias, en todas ellas como medio para alcanzar otras específicas de la materia o en sí misma como una competencia, dotando de significado al estudio del Derecho.
5.- Competencias y compresión unidas en el proceso de aprendizaje.
Competencia y comprensión van unidas en este proceso de aprendizaje que proponemos, por ser nociones cognitivas complementarias. Su logro implica entonces un proceso de crecimiento progresivo que debe tener en cuenta los diversos aspectos del conocimiento del Derecho y de sus relaciones con el mundo empírico. La competencia atiende al componente práctico, mientras que la comprensión se proyecta sobre el componente teórico del conocimiento. La competencia pone en juego conocimientos de tipo procedimental, la comprensión requiere conocimiento conceptual, es evidente, la interconexión de ambas le dan contenidos a los procedimientos y dichos procedimientos hacen de la asimilación de conceptos un aprendizaje significativo. La adquisición de una competencia implica un conocimiento y manejo de los elementos básicos de la asignatura de derecho de que se trate. Se necesita además una puesta en práctica de razonamientos que llevan a la solución de los problemas o a la obtención de información y aplicar esa información a una variedad de situaciones. Dentro de esta adquisición de competencias son las nuevas tecnologías un medio útil y eficaz, en muchas ocasiones, para poder llevar a cabo un trabajo.
La enseñanza del Derecho como aprendizaje significativo atribuye un papel clave a la interacción social, a la cooperación, al discurso, a la comunicación y a la interacción del sujeto con las situaciones-problemas. El sujeto aprende mediante su interacción con un medio instruccional, apoyado en el uso de recursos teóricos, materiales y tecnológicos disponibles en el entorno, de aquí se desprende la necesidad del uso de los medios tecnológicos para facilitar todo nuestro cometido que es forjar al estudiante de derecho en competencias y compresión.
La nueva situación exige que el docente no sea un mero transmisor de contenidos y es preciso establecer una enseñanza centrada en el alumno, en su autonomía y en su capacidad para valorar distintas alternativas, para construir su propio aprendizaje, partiendo del conocimiento que ya tiene. El alumno debe adquirir el saber, aunque ahora también se contempla en la enseñanza el adquirir el saber hacer. Habría que combinar, de forma meditada y tratando de lograr un justo equilibrio, las tradicionales técnicas docentes con otras más novedosas basadas en el aprendizaje activo (aprender haciendo) para fomentar la participación del estudiante[7]. El principio básico es que los alumnos son protagonistas de su propio proceso educativo (lo que implica un mayor esfuerzo intelectual y una mayor libertad) y asumen la responsabilidad de aprender descubriendo y la necesidad de seguir aprendiendo, lo que conlleva un aprendizaje significativo y de mayor calidad[8]. Según este planteamiento, el papel del profesor cambia, orientando el desarrollo intelectual de los estudiantes, organizando el material, proponiendo objetivos y problemas, corrigiendo errores, estimulando el debate y evaluando constantemente el proceso, en definitiva, proporcionando los recursos necesarios para que el alumno construya su conocimiento[9]. Para ello no solo debe cambiar de actitud y mentalidad el docente sino también el alumno que ha de estar dispuesto a dirigir su aprendizaje y a construir su conocimiento.
[1] Vid. Mcluhan, M. y Powers, B., (1988), The Global Village: Transformations in World Life and Media in the 21st Century. Oxford University Press. http://www.marshallmcluhan.com/cv.html.
[2] Chickering, A. W. y Ehrmann, S. C. (1996). Implementing the seven principles: technology as lever [en línea]. Disponible en: http://www.tltgroup.org/programs/seven.html.
[3] El uso de medios tecnológicos pueden ser una ayuda fundamental en el aprendizaje del Derecho, donde por ejemplo es de especial necesidad tener acceso a bases de datos, donde la doctrina y jurisprudencia son un soporte clave del estudio del Derecho, así como para recoger y reseñar datos que necesitemos para el proceso formativo. En muchas ocasiones un apoyo visual hace que el alumno tenga un concepción más clara de lo que le están explicado, por ejemplo graficas o documentos reales que pueden ser expuestos en clase mediante medios audiovisuales.
[4] Estos medios tan utilizados en clase, como el uso de exposiciones en Power Point son un instrumento magnifico de relación visual, donde el alumno asimila conceptos con mayor facilidad al proporcionarle un medio tangible de la expresión de un pensamiento abstracto. Es por ello que muchos pedagogos y estudiosos de la materia recomiendan que estas exposiciones no estén recargadas de texto, sino que más bien contengan un esquema conceptual donde se explicite la relación entre estos, pero siempre será necesario la explicación del profesor para desarrollar la idea de modo que se forme un razonamiento en cadena dando respuesta a la pregunta que se expone inicialmente en el esquema. De esta forma el medio visual será un soporte para el conocimiento.
[5] Conviene en este punto referirse a las ideas de Holmberg, Vid. Holmberg, B. (1989), Theory and Practice of Distance Education. Londres: Routledge. Holmberg se interesó en el diálogo que ocurre entre docente y estudiante durante el aprendizaje a distancia, el cual llamó «la conversación didáctica guiada», que se basa en siete postulados:
1.- El establecimiento de una relación personal entre el docente y sus alumnos promueve el placer por el estudio y la motivación.
2.- Esta relación personal puede ser promovida por materiales auto-instruccionales bien planificados y por el desarrollo de una comunicación de doble vía a distancia.
3.- El placer intelectual y la motivación al estudio son favorables para el logro de las metas de aprendizaje y el uso de procesos y métodos de estudio apropiados.
4.- La conversación amigable entre las partes, el lenguaje usado y la atmósfera adecuada creada favorecen la existencia de una relación más personal entre el alumno y el docente.
5.- Los mensajes dados y recibidos en un entorno más personal son comparativamente más fáciles de comprender y ser recordados.
6.- El concepto de conversación puede ser trasladado con éxito a la educación a distancia.
7.- La planificación y organización del estudio, proporcionada por la institución educativa, el profesor o el estudiante, son necesarios para una buena comunicación entre las partes.
Las ideas de Holmberg muestran su preocupación por el bienestar emocional del estudiante a distancia, con un gran énfasis en el disfrute del proceso de aprendizaje y en la motivación para continuar los estudios.
[6] Dos apreciaciones sobre la terminología en la adquisición de competencias. Entendemos como persona “competente” a la persona conocedora de cierta ciencia o materia, siendo experto en la misma o apto. Y cuando hacemos referencia a la “capacidad”, este término implica algo más, implica la capacidad de realizar una tarea o de finalizar algo con éxito, ligado principalmente a un saber hacer específico.
[7] Sobre las técnicas participativas y cómo desarrollar las clases participativas, ver López Noguero, F. (2007), Metodología participativa en la enseñanza universitaria. Madrid: Narcea Ediciones.
[8] Ausebel, D. P., Novak J. D. y Hanesian, H. (1978), Educational Psychology: A Cognitive View, 2ª ed., New York: Holt, Rinehart and Wiston.
[9] Cfr. Dávila Espinosa, S. (2000), “El aprendizaje significativo. Esa extraña expresión (utilizada por todos y comprendida por pocos)”, en Contexto Educativo. Revista Digital de Educación y Nuevas Tecnologías, 9.
Referencias / Bibliografía
Ausebel, D. P., Novak J. D. y Hanesian, H. (1978), Educational Psychology: A Cognitive View, 2ª ed., New York: Holt, Rinehart and Wiston.
Chickering, A. W. y Ehrmann, S. C. (1996). Implementing the seven principles: technology as lever [en línea]. Disponible en: http://www.tltgroup.org/programs/seven.html
Dávila Espinosa, S. (2000), “El aprendizaje significativo. Esa extraña expresión (utilizada por todos y comprendida por pocos)”, en Contexto Educativo. Revista Digital de Educación y Nuevas Tecnologías, 9.
Holmberg, B. (1989), Theory and Practice of Distance Education. Londres: Routledge.
López Noguero, F. (2007), Metodología participativa en la enseñanza universitaria. Madrid: Narcea Ediciones.
Mcluhan, M. y Powers, B., (1988), The Global Village: Transformations in World Life and Media in the 21st Century. Oxford University Press. http://www.marshallmcluhan.com/cv.html.
Mcluhan, M. y Fiore, Q. (2000), El medio es el masaje. Bantam Books / Random House. Gingko Press.