Inicio Interdisciplinario No estamos ni ante abogados, ni ante jueces. Versiones y redes en una relación entre Derecho y Literatura

No estamos ni ante abogados, ni ante jueces. Versiones y redes en una relación entre Derecho y Literatura

por PÓLEMOS
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Carmen Elisa Acosta Peñaloza

Facultad de Ciencias Humanas

Departamento de Literatura

Universidad Nacional de Colombia


Ingresar a los diversos puentes y redes de una relación entre derecho y literatura /literatura y derecho va más allá del intento por exponer la relación compleja entre dos prácticas y dos lenguajes. Exige una elección por el hecho, al menos en apariencia, que se trata de mundos que tienen formas de intervención social diferentes. En un texto breve mi lugar de enunciación exige una toma de posición que se ubica en la literatura y en tanto sesga la reflexión desde la parcialidad y la particularidad de sus objetos. Aun así, participa del interrogante sobre el cual sostiene su investigación Yesid Espinosa: ¿En qué medida el derecho puede contribuir a la literatura, y de qué forma la literatura puede abrirle los ojos al derecho? Para ello, el autor desarrolla su investigación al exponer la “clasificación tradicional de tres modelos de relación entre derecho y literatura: el derecho como tema o tópico literario (el derecho en la literatura), las convergencias entre el derecho, la teoría y la crítica literaria y cómo este puede servirse, para sus análisis e investigaciones, de las herramientas y métodos de aquellas (el derecho como literatura), y la forma en que el derecho ha regulado la producción literaria y ha proscrito obras y autores (el derecho de la literatura)” [1].

Son muchas las obras que en la tradición del canon occidental se presentan inmediatas frente a esta relación. Están El proceso y El Castillo de Franz Kafka, Crimen y Castigo de Fiodor Dostoyevski y El gran Arte de Rubem Fonseca por recordar sólo algunos que provienen de tradiciones distintas. En diversas épocas se han escrito un sin número de novelas y cuentos que configuran la tradición de la literatura negra y policiaca plagadas de crímenes, detectives y horizontes jurídicos, en las que habitan personajes abogados, jueces y representantes de la ley en tensión con aquellos y aquellas que rompen el orden social como criminales, pícaros, bribones, bandidos y en fin transgresores y transgresoras de diverso tipo. En las novelas está presente el derecho, lo jurídico, el orden legal y su implementación, bien sea como telón de fondo, como su representación en un personaje o como parte de lo que no se dice, de lo silenciado.

En estas obras literarias, la red que se teje es sólo sencilla en apariencia. No estamos ni ante abogados, ni ante jueces. Cabe resaltar que se trata de novelas y en este sentido su carácter de representación establece una trama particular entre el derecho y la literatura.  En esta, se trata de configuraciones de lenguaje que surgen mediadas a partir de la realidad. El mundo construido por la literatura solo en su aspecto superficial está construido de manera idéntica al mundo que habitan autores y lectores. Se trata de relatos en los que a través de diversidad de mediaciones el universo del texto es verosímil al otro mundo en el que en realidad sí hay personas de vida, no personajes de novela y mundos en los que habitan abogados, se promulgan leyes y se justifica su aplicación, a diferencia de los que son solo amoblados con palabras de los textos literarios. En este sentido la mediación adquiere una función social, en buena parte de ella crítica, que pretende que el lector a partir del contacto con estos mundos verosímiles, literarios, cambie sus horizontes de vida y probablemente los de la comunidad en la que participa.

Un ejemplo de la historia literaria es el de aquellos personajes que se desplazan temporalmente en distintas obras dando, según los intereses de sus autores y las tensiones de su contexto, función social a dichas mediaciones.  En dicha función están ubicados los abogados como los representantes de la comunidad letrada y como artífices del orden que regula el espacio letrado por excelencia, la ciudad. En Colombia entre varios, está el caso criminal del abogado histórico José Raimundo Russi[2]. Por cuestiones de espacio no se hace mención de las múltiples versiones que se desprenden de esta historia, que van desde la primera mitad del siglo XIX hasta la más reciente la novela publicada en 2019 por el escritor Javier Riveros El último caso del Doctor Russi.

Una de las versiones más activa en el horizonte de los lectores es El Doctor Temis, una novela publicada en Bogotá en 1851. Su autor, José María Ángel Gaitán, explícitamente conservador y católico,contrapone el abogado honesto y ejemplar al tinterillo, leguleyo. La novela se sostiene sobre tres factores: el crimen y la inseguridad que se vive en Bogotá, las diferencias de lo que ocurre entre el campo más tradicional y la ciudad sometida a la decadencia del progreso, y los peligros políticos a los que se enfrenta la consolidación de la nación recientemente independizada de la colonización española, que pone en riesgo las leyes y la moral cristiana. Con ellos el autor logra llevar al lector a un mundo construido más por las ideas – el nombre de la obra- que por la realidad, dando una función particular a la literatura. En las advertencias que buscan delimitar el objetivo de la obra, el autor hace referencia a la función de la literatura de corregir las costumbres evitando su descomposición y proporcionándole al lector un espejo en que mirarse, en este caso en la crítica de dos personajes del foro, del poder judicial:

Sin embargo, con aplicación a Bogotá, muy poco se ha escrito todavía, aunque de mucho tiempo atrás está exigiendo el público la imagen de lo que hace, imagen que la literatura debe apresurarse a mostrarle, pues que está destinada a corregir así las costumbres, que sin ella de día en día irán mostrándose más descompuestas… (Ángel Gaitán, 3)

La historia de Russi será relatada a finales del siglo XIX en la versión quizá más conocida en las Reminiscencias de Santa Fe y Bogotá publicadas en prensa por José María Cordovez Moure, al cual está ubicada en el apartado de crímenes célebres y mantiene las constantes de interés por la ciudad y su oposición al campo; pero, más allá, por la demostración de las opciones del crimen por parte de aquellos que hacen parte de la comunidad letrada y su carácter liberal. Lo verosímil de la historia pone en tensión las versiones y rumores que sobre el caso probablemente circulaban en la ciudad. El abogado ya no se presenta como la representación de una idea, sino que se expone en su ambigüedad histórica: Russi como jefe de una banda de ladrones o Russi como víctima de una conspiración política de los conservadores para cobrarle su participación en la elección del presidente liberal José Hilario López.

La red de relaciones cambia en Los ojos del Basilisco (1992) de Germán Espinosa en el siglo XX. La novela se ubica en los diversos relatos sobre el abogado a partir del valor de la novela frente a la conciencia histórica. El autor construye un mundo en apariencia coherente en el cual se encuentra una fractura fundamental que permite al lector detenerse y cuestionar su propia relación con el pasado. Entrelaza a los personajes históricos y a los personajes literarios, las tensiones en las que también interviene el narrador, producidas por los discursos sobre el librecambio económico y los proyectos liberales y conservadores. Una tensión presente para los lectores contemporáneos sobre los valores de la apertura económica uno de los ejes centrales de la discusión de finales de siglo que condujo a la Constituyente de 1991.En la novela están representados el abogado y los amantes, que defienden unos valores de igualdad y justicia que en todo momento aparecen como inútiles socialmente. Los personajes se van desplazando de tipos humanos a tipos históricos en los que el abogado se constituye en el letrado por excelencia del orden social, pero que a la vez es el objeto sobre el cual es posible ubicar la expresión de las más diversas tensiones sociales. En la factura de la obra se van identificando las formas con las que se relató el pasado y de allí se identifican las constantes históricas. Una historia nacional sostenida en la traición, la lucha por el poder y por la inmovilidad de unas estructuras sociales.

Este ejemplo sirve para dar cierre a este texto. En el diálogo móvil entre el derecho y la literatura queda vinculado a un tercer factor, la historia. Se hace partícipe de la mediación articulando lo verdadero, las verdades y lo verosímil, en sus diversas representaciones. El derecho y la literatura como prácticas entran en diálogo por la posibilidad que abren de proporcionar una lectura crítica que va más allá de lo inmediato y que en sus mediaciones   permite cuestionar ordenes existentes, dando movilidad a los lectores en el tiempo.

Lo dice de mejor manera Germán Espinosa en uno de los epígrafes con los que inicia su novela:

A mis detractores, cuyo número crece promisoriamente. También a esos seres con alma de tumba que poseen la fuerza del veto y la de ordenar el silencio y el olvido. Me enternecen sus asiduos fracasos. (Espinosa, 7)


Bibliografía:

[1] Espinosa asimila este interrogante formulado por el planteado por el jurista peruano Fernando de Trazegnies Granda. A partir de allí desarrolla un completo trabajo sobre esta relación en su libro Espinosa Zapata, Yesid Alexis. Derecho y literatura: Diálogo y confrontación. Universidad de Antioquia, Medellín. 2019. p. 23. Otra perspectiva de interés sobre esta relación es la que propone que “Existen tres dimensiones que explican la relación entre el derecho y la literatura. La dimensión artística o literaria, la dimensión interpretativa y la dimensión escrita”. Derecho y literatura. Carlos Pérez. Isonomía, no.24 México abr. 2006. Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM.

[2] Otro caso al que puede hacerse seguimiento es el del crimen cometido por el Oidor Cortés de Mesa en el siglo XVII que ha tenido varias versiones a través de la historia literaria nacional.

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