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Colpayoc: la actual situación del conflicto y los aspectos jurídicos y sociales más relevantes

por PÓLEMOS
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Adrián Sisniegas Rodríguez

Abogado por la PUCP e Investigador de conflictos sociales, ambientales y culturales. Especializado en Derecho Ambiental y Recursos Naturales por la Facultad de Derecho de la PUCP. Adjunto de Docencia del Curso de Diversidad Cultural y Derecho de la Facultad de Derecho de la PUCP.


INTRODUCCIÓN:

En la Región Cajamarca se ubica la mina de oro más grande de Sudamérica: Yanacocha, propiedad de la empresa estadounidense Newmont Corporation.[1] Esta unidad minera se encuentra en etapa de cierre de minas.[2]

Desde 1993 hasta la fecha, la Región de Cajamarca ha liderado la Inversión Minera del Perú, específicamente, por las reservas probadas y probables de oro que tiene en el subsuelo de su territorio. Actualmente, según el Ministerio de Energía y Minas, los proyectos de inversión minera más relevantes de los próximos años en la Región serán: Yanacocha Sulfuros, La Granja, El Galeno, Conga, Michiquillay, Coimolache Sulfuros y Reposición de Tantahuatay.[3]

Sin embargo, desde el mes de febrero del año 2024, surge la oposición de la población cajamarquina a un nuevo proyecto que se encuentra dentro de la Cartera de Exploración Minera: Colpayoc.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO:

El Proyecto Minero Colpayoc (en adelante el Proyecto) es operado por la Empresa Colpayoc S.A.C, la cual, tiene como única inversionista a la Empresa Canadiense Copper Standard Resources Inc.[4] Este Proyecto, según la denominación del Ministerio de Energía y Minas, es de tipo Greenfield [5] y tiene como recurso principal a explorar: Oro (Au)[6].

El proyecto se ubica en el Departamento de Cajamarca, Provincia de Cajamarca y en los Distritos de Chetilla y Cajamarca, específicamente, en las concesiones mineras “Francisco José IV” y “Francisco José V”. Además, a nivel de cuencas hidrográficas, el Proyecto se encuentra dentro de la microcuenca San Lucas y un porcentaje menor dentro de la microcuenca Chontas. Ambas microcuencas se ubican en la cuenca Crisnejas (Vertiente del Atlántico) y la cuenca Jequetepeque (Vertiente del Pacifico).[7] Asimismo, el Proyecto se encuentra a una distancia de 18 kilómetros (50 minutos) de la ciudad de Cajamarca.[8]

Respecto al Instrumento de Gestión Ambiental, el Proyecto de Exploración cuenta con Ficha Técnica Ambiental (FTA) [9] aprobada mediante Resolución Directoral N° 169-2023-MEM-DGAAM, emitida el 14 de agosto del 2023, la cual, señala que el Proyecto tendrá una inversión de US$ 2,114,400.00 , que desarrollará 18 plataformas de perforación y tendrá un plazo de 11 meses[10].

Con fecha 09 de febrero del 2024, la Empresa comunicó que el Proyecto inició sus actividades de exploración el 05 de febrero de 2024.[11]

POBLACIÓN:

La población de los Centros Poblados de las Áreas de Influencia Directa e Indirecta se dedica exclusivamente a la agricultura y a la ganadería, como se ha podido constatar en nuestras visitas de campo.

ETAPA DEL PROYECTO:

El Proyecto actualmente se encuentra en etapa de exploración, es decir, el objetivo es determinar las dimensiones, posición y características mineralógicas, geotécnicas y geológicas del yacimiento minero de mineral, a través de las 18 plataformas de perforación que se instalarán. [12]

CAUSAS DEL CONFLICTO:

Según la FTA, el Proyecto está ubicado en los terrenos superficiales de la Cooperativa Agraria de Trabajadores de Llullapuquio, ubicados en el Distrito de Chetilla, Provincia y Departamento de Cajamarca. Por ello, la Empresa Consultora (ACOMISA) indica que el Área de Influencia Directa (AID) es solamente el área de los terrenos superficiales Cooperativa Agraria de Trabajadores Llullapuquio. [13]

Respecto al Área de Influencia Indirecta, la Empresa Consultora indica que son los distrito de Chetilla y Cajamarca, además, que los Centros Poblados más cercanos al Proyecto: Majadapampa, La Collpa, Eslabón, Quinuayoc, Llullapuquio, y Tambillo.

A pesar de la realización de Mecanismos de Participación Ciudadana, según indica la FTA, como encuestas socioeconómicas y de percepción, entrevistas, taller participativo y acceso a la población al Instrumento de Gestión Ambiental; las poblaciones de los Distritos de Chetilla y Cajamarca se han opuesto al desarrollo de las actividades de la Empresa Minera, referidas a la FTA.

A partir de la investigación realizada, encontramos como causas, acciones y percepciones de la población que protesta y que se opone al Proyecto, a las siguientes:

  • Existe una crítica a los mecanismos de participación ciudadana, debido a que la población denuncia la imposibilidad que se tuvo de acceder a la Audiencia Pública, entendemos que se refieren al único Taller Participativo al que ser refiere la FTA.
  • La Empresa Minera intentó ingresar maquinaria a la zona del Proyecto; sin embargo, una parte de la población del Centro Poblado de Llullapuquio impidió el ingreso de una de las máquina perforadoras hacia el Proyecto.
  • La gran mayoría de la población que se opone de manera contundente al Proyecto forma parte de las Juntas Administradoras de Servicios de Saneamiento (JASS) de diferentes Centros Poblados que se oponen al desarrollo del Proyecto. Ejemplo: JASS San Juan de Cushunga, en la cual, el 100% (15 mil usuarios) de los usuarios están en contra del desarrollo del Proyecto, entre otras JASS.
  • El población que protesta tiene como único objetivo la defensa del agua y del medio ambiente, es decir, su posición es que el Proyecto no se desarrolle, debido a que está en peligro de contaminación la cuenca del Ronquillo, la cuenca del Jequetepeque y otras cuencas, de las cuales se abastecen las JASS.
  • La población que protesta señala que la ciudad Cajamarca se encuentra sin agua, debido a la actividad minera que se ha desarrollado durante muchos años, por ello, indican que la experiencia de Yanacocha no la quieren vivir en sus JASS, ni en sus centros poblados.

A nivel político, el Alcalde del Distrito de Chetilla, Héctor Landa Nachucho, manifestó su apoyo a la población que se opone al Proyecto.

A nivel jurídico, la población organizada[14] que se opone al Proyecto solicitó la nulidad de la Resolución que aprueba la FTA del Proyecto; sin embargo, el Ministerio de Energía y Minas, a través del Consejo de Minería declaró improcedente la solicitud de nulidad de oficio.[15]

Entre los principales argumentos del pedido de nulidad de oficio[16], encontramos a los siguientes:

  • El Proyecto contaminará sus aguas, afectará el medio ambiente y la distribución de su territorio.
  • La Empresa Minera no ha tomado en cuenta la totalidad de los centros poblados, ni comunidades campesinas, para desarrollar los mecanismos de participación ciudadana, pese a estar dentro del Área de Influencia.
  • Ni la Empresa Minera, ni la DGAAM aplicaron la Consulta Previa, pese a que la Comunidad Campesina Mishca Chica se encuentra dentro de la Base de Datos de los Pueblos Indígenas u Originarios.
  • La Empresa Minera no tiene Licencia Social.
  • La posible explotación minera contaminará las aguas de los Ríos Chetilla y Ronquillo, afectará las captaciones de agua, el agua potable, los manantiales y la destrucción de diferentes caseríos.
  • El Proyecto se encuentra a aproximadamente 2 kilómetros de un manantial, el cual, es una de las principales fuentes de agua de la JASS – Cuenca Ronquillo, por lo que, se pone en peligro por las actividades del Proyecto.

Ante la improcedencia del recurso de nulidad, el 13 de diciembre del 2024, la población organizada[17] interpuso una Acción de Amparo ante el Poder Judicial.

Finalmente, respecto a la población a favor del Proyecto, los Directivos y Trabajadores de la Cooperativa Llullapuquio están de acuerdo en el desarrollo del Proyecto y confirman que el contrato de usufructo firmado con la Empresa Minera será respetado hasta el año 2027.

ESTADO ACTUAL DEL CONFLICTO:

El 20 de diciembre del 2024, el Presidente del Frente de Defensa Ambiental de Cajamarca, Gomer Vargas, confirmó que la Empresa Minera retiró la maquinaria del Cerro Colpayoc. Además, indicó que la población está alerta a todas las acciones de la Empresa Minera y a la posibilidad de que ingrese nueva maquinaria a la zona del Proyecto.

La Empresa Minera no ha emitido pronunciamiento alguno, hasta el momento del cierre del presente artículo, respecto al conflicto generado por la oposición de la población a sus actividades de exploración y futura explotación.

La última información que se tiene, respecto al Proyecto, es la publicación – desde Vancouver – de la Empresa Minera Copper Standard Resources del 12 de agosto del 2024, en la cual, confirma la presencia de un sistema de pórfido de cobre y oro, a partir de la Fase I de exploración, es decir, de sus primeras 10 plataformas de perforación.[18]

En la misma comunicación, la Empresa Minera confirma la suspensión de la Fase I, sin mayor información sobre la causas de la suspensión, e indica que están preparando estudio geofísicos adicionales para un análisis más detallado. [19]

Finalmente, hemos confirmado la existencia de denuncias en el Ministerio Público de Cajamarca hacia los defensores ambientales, a partir de las protestas desarrolladas en contra del Proyecto.


CONCLUSIONES:

  • Existe una gran oposición de la población de los Distritos de Chetilla y de Cajamarca al Proyecto y, especialmente, a la actividad minera, debido a las acciones de otras empresas mineras en el pasado y en el presente, específicamente, la población resalta el mal ejemplo de Yanacocha.
  • La población que se opone al Proyecto está convencida que la falta de agua en la ciudad de Cajamarca se debe específicamente a la actividad minera, específicamente, a Yanacocha, por ello, en sus protestas indica que no quiere quedarse sin agua, como ha sucedido con la población de la ciudad de Cajamarca.
  • La población que se opone al Proyecto, en su mayoría, pertenece a las JASS que se abastecen de agua, a través de manantiales. Estos manantiales, según indican los manifestantes, están muy cerca de la zona del Proyecto.
  • La Empresa Minera, a partir de nuestra investigación, no ha desarrollado un correcto relacionamiento comunitario con todas las poblaciones que se verían afectadas por el Proyecto, en caso este llegue a su etapa de explotación, lo que ha llevado a que las protestas se incrementen hasta el punto de suspenderse la Fase I de su etapa de exploración.
  • La Empresa Minera cometió el error de desarrollar sus fase de exploración, a partir de nuestra investigación, sin analizar el impacto social que genera el paso de las máquinas perforadoras por sus caseríos, ya que la población percibe como una burla o una afrenta que se desarrollen actividades en la parte alta de sus hogares y no tenga conocimiento de lo que sucede o sucederá con todo el movimiento de personal y maquinarias.
  • La Empresa Minera cumplió lo estipulado en las normas; sin embargo, el desarrollo de proyectos mineros en la actualidad, y en nuestra experiencia, no se reduce al cumplimiento o aprobación de los Instrumentos de Gestión Ambiental, sino a un relacionamiento comunitario amplio que propicie la “Licencia Social” del Proyecto.
  • La Empresa Minera ha cometido los mismos errores que cometieron otras empresas mineras al momento de desarrollar sus proyectos mineros, debido al desconocimiento o al olvido de las causas que generaron la paralización de otros proyectos, como por ejemplo: Conga.

RECOMENDACIONES:

  • La Empresa Minera no puede aislarse y solamente relacionarse con los integrantes de la Cooperativa Agraria de Trabajadores de Llullapuquio, sino debería ampliar su relacionamiento comunitario al resto de caseríos que se verían afectados en una posible etapa de explotación del proyecto.
  • La Empresa Minera debería informar directamente a las JASS y a toda la población que vive en las zonas bajas del proyecto sobre la posible o no afectación de sus fuentes de agua – manantiales – como si se encontrara en su futura etapa de explotación del proyecto.
  • La Empresa Minera debería deslindar de las actividades de otras empresas mineras, así como dar a conocer con mayor amplitud de dónde proviene y el nombre de la empresa que tiene el 100% de sus acciones, para que la población tenga la transparencia que no obtuvo de otras empresas.
  • La Empresa Minera debería de exponer el Proyecto en diversas Audiencias Públicas, en las cuales, se permita que cualquier persona pueda ingresar y exponer sus inquietudes acerca del Proyecto, lo que generaría mayor confianza hacia la Empresa Minera y el Proyecto.
  • La Empresa Minera debería volver a analizar las Áreas de Influencia Directa e Indirecta, para ampliar mejor su relacionamiento comunitario y poder lograr la licencia social.

  1. NEWMONT Corporation, 2025. Link: https://operations-newmont-com.translate.goog/latac/yanacocha-peru?_x_tr_sl=en&_x_tr_tl=es&_x_tr_hl=es&_x_tr_pto=tc (Último acceso: 13 de enero del 2025).
  2. MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS. Aprobación de la Tercera Modificación del Plan de Cierre de Minas de la unidad minera «Yanacocha» presentado por Minera Yanacocha S.R.L.
  3. MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS. “Cartera de Proyectos de Inversión Minera 2024, Ministerio de Energía y Minas” Primera edición – Lima – Febrero de 2024. Página: 8.
  4. MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS. “Cartera de Proyectos de Exploración Minera 2024, Ministerio de Energía y Minas” Primera edición – Lima – Marzo de 2024. Página: 87.
  5. “Son aquellos proyectos que, por lo general, no están vinculados a Unidades Mineras cercanas, por lo que suelen estar emplazados en un nuevo espacio geográfico y/o en áreas con antecedentes de exploración temprana”: En Cartera de Proyectos de Exploración Minera 2024. Página: 13.
  6. MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS. “Cartera de Proyectos de Exploración Minera 2024, Ministerio de Energía y Minas” Primera edición – Lima – Marzo de 2024. Página: 8.
  7. ACOMISA Asesores y Consultores Mineros S.A. Ficha Técnica Ambiental del Proyecto de Exploración “Colpayoc”. Capítulo I: Resumen Ejecutivo. Junio – 2023. Página: 12.
  8. ACOMISA Asesores y Consultores Mineros S.A. Ficha Técnica Ambiental del Proyecto de Exploración “Colpayoc”. Capítulo I: Resumen Ejecutivo. Junio – 2023. Página: 13.
  9. Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera – Aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2017-EM – “Artículo 41°: 41.1. La FTA es el Instrumento de Gestión Ambiental complementario al SEIA para los proyectos de exploración minera que por su ubicación y/o características se prevé la generación de impactos ambientales negativos no significativos.”
  10. MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS. “Cartera de Proyectos de Exploración Minera 2024, Ministerio de Energía y Minas” Primera edición – Lima – Marzo de 2024. Página: 87.
  11. MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS. “Cartera de Proyectos de Exploración Minera 2024, Ministerio de Energía y Minas” Primera edición – Lima – Marzo de 2024. Página: 87.
  12. ACOMISA Asesores y Consultores Mineros S.A. Ficha Técnica Ambiental del Proyecto de Exploración “Colpayoc”. Capítulo I: Resumen Ejecutivo. Junio – 2023. Página: 12.
  13. Una de las principales críticas que tenemos sobre la delimitación de las áreas de influencia directa e indirecta es que el Ministerio de Energía y Minas deja a la empresa delimitarlas, lo que genera en algunos casos que se deje de lado a poblaciones que pueden verse impactadas de manera directa o indirecta. Esta decisión unilateral de la empresa y posibles omisiones de poblaciones, en nuestra opinión, genera conflictos sociales, ambientales y culturales.
  14. La Comunidad Campesina Mishca Chica y la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento Challuapuquio III San José de la Colga Rosamayo.
  15. MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS. Consejo de Minería: Resolución N° 614-2024-MINEM/CM, emitida el 13 de agosto de 2024.
  16. MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS. Consejo de Minería: Resolución N° 614-2024-MINEM/CM, emitida el 13 de agosto de 2024.
  17. Junta Administradora de Servicio y Saneamiento de Chetilla, Junta Administradora de Servicio y Saneamiento de Ronquillo, entre otras.
  18. COPPER STANDARD RESOURCES INC: “COPPER STANDARD CONFIRMS PRESENCE OF PORPHYRY COPPER-GOLD SYSTEM AND DRILLS 118 M @ 0.68 G/T AU FROM SURFACE AT ITS COLPAYOC PROPERTY”. Vancouver, British Columbia, August 12th, 2024. Link https://copperstandard.com/copper-standard-confirms-presence-of-porphyry-copper-gold-system-and-drills-118-m-0-68-g-t-au-from-surface-at-its-colpayoc-property/ (Último acceso: 04 de enero de 2025).
  19. COPPER STANDARD RESOURCES INC: “COPPER STANDARD CONFIRMS PRESENCE OF PORPHYRY COPPER-GOLD SYSTEM AND DRILLS 118 M @ 0.68 G/T AU FROM SURFACE AT ITS COLPAYOC PROPERTY”. Vancouver, British Columbia, August 12th, 2024. Link https://copperstandard.com/copper-standard-confirms-presence-of-porphyry-copper-gold-system-and-drills-118-m-0-68-g-t-au-from-surface-at-its-colpayoc-property/ (Último acceso: 04 de enero de 2025).

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