Pablo Moscoso de la Cuba
Abogado por la PUCP y Máster de Estudios Avanzados en Derecho Internacional Público por la Universidad de Leiden, Países Bajos. Docente de los cursos Derecho Internacional Público y Derecho del Mar y Otros Espacios en la Facultad de Derecho de la PUCP. Fue asesor legal de la delegación oficial del Perú ante la Corte Internacional de Justicia durante las audiencias orales del caso entre el Perú y Chile. Ha sido investigador del Instituto de Estudios Internacionales y Editor Asistente del Leiden Journal of International Law.
Bienvenidos a este espacio dirigido a todas las personas interesadas en asuntos de Derecho Internacional y disciplinas afines. En este espacio se compartirán comentarios, reflexiones y entrevistas sobre cuestiones jurídicas internacionales, de actualidad, pero también de la historia del Derecho y la sociedad internacionales. Se abordarán sentencias y decisiones de tribunales internacionales, aspectos relevantes de la actuación internacional de Estados y otros sujetos de Derecho Internacional, entre otras materias similares.
El nombre de este espacio es, por supuesto, un juego de palabras inspirado en las frecuentemente estudiadas obligaciones erga omnes. En su sentencia de 1970 de la segunda fase del caso Barcelona Traction, la Corte Internacional de Justicia afirmó que:
“En particular, debe hacerse una distinción esencial entre las obligaciones de un Estado hacia la comunidad internacional en su conjunto, y aquellas que surgen vis-à-vis otro Estado en el campo de la protección diplomática. Por su propia naturaleza las primeras conciernen a todos los Estados. En vista de la importancia de los derechos involucrados, se puede afirmar que todos los Estados tienen un interés legal en su protección; ellas son obligaciones erga omnes.” [1]
La relevancia de las obligaciones erga omnes en el Derecho Internacional contemporáneo es trascendental. En particular, el ordenamiento jurídico internacional se encuentra en permanente evolución. Durante las últimas décadas han surgido y se han reconocido diversas obligaciones que se deben a la comunidad internacional en su conjunto. Entre las particularidades de esas obligaciones se encuentra que protegen valores fundamentales, como la paz, los derechos humanos, la libre determinación de los pueblos, la protección de la salud y el ambiente, entre otras, lo cual escapa de la lógica tradicional de las obligaciones clásicas basadas en la reciprocidad. [2]
Ahora bien, la expresión erga omnes en sí significa “hacia todos”. En particular, es empleada “respecto a todos los Estados o personas en un grupo relevante”. [3]
En ese sentido, mi intención no es abordar en este espacio solo cuestiones relacionadas con las obligaciones erga omnes, sino hacer comentarios sobre diversas cuestiones jurídicas internacionales y de disciplinas afines dirigidas a todas las personas interesadas. A diferencia del trabajo que realiza un asesor legal para una persona o entidad en particular, este espacio abordará cuestiones públicas para todo aquel que tenga interés en leer estas líneas.
Respecto del diseño gráfico del espacio, es difícil imaginar un lugar específico distinto al Palacio de la Paz de La Haya que tenga un significado tan asociado a cuestiones jurídicas internacionales generales. Ahí tiene su sede la Corte Permanente de Arbitraje, la Corte Internacional de Justicia, la Academia de La Haya de Derecho Internacional (actualmente en un edificio anexo), la Biblioteca del Palacio de la Paz (igualmente) y tuvo su sede la Corte Permanente de Justicia Internacional.
Cuando hice mi maestría en Derecho Internacional Público organizada por el Centro Grocio de Estudios Legales Internacionales de la Universidad de Leiden, las clases tenían lugar tanto en La Haya, donde se ubica el Centro Grocio, como en Leiden. Afortunadamente las distancias en los Países Bajos entre ciudades no son iguales que en el Perú y Leiden se ubica a menos de 20 minutos en tren de La Haya. Por lo tanto, en un mismo día podía ir de una ciudad a la otra con la mayor facilidad para asistir a clases y otras actividades. De hecho, más tiempo me tomaba ir a mi trabajo dentro Lima antes de la actual era de trabajo remoto.
Durante ese año de maestría visitaba fascinado el Palacio de la Paz y su biblioteca para asistir a eventos, audiencias y realizar investigaciones. Años después, pero igual de fascinado, mi trabajo me llevó de vuelta al Palacio de La Paz durante las audiencias orales del caso Perú c. Chile y, posteriormente, regresé también para un programa académico en el Centro de Estudios e Investigación de la Academia de La Haya de Derecho Internacional. En ese sentido, el Palacio de la Paz es un lugar muy especial al que llegan, de una manera u otra y por diferentes motivos, especialistas e interesados en el Derecho Internacional de todo el mundo y donde uno puede encontrar muchos puntos en común con personas de todos los orígenes y trayectorias, pero con un interés similar por los asuntos jurídicos internacionales.
En este espacio planeo realizar dos o tres publicaciones cada mes y con tal fin, con el mayor interés me gustaría recibir sugerencias, así como otros comentarios y correcciones a mi correo electrónico: pmoscoso@pucp.pe. El primer texto de fondo será publicado próximamente y abordará la reciente decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares I de la Corte Penal Internacional sobre la jurisdicción territorial de la Corte en Palestina.
Debo precisar que todo lo que publique en este espacio será en calidad de especialista y docente, sobre la base de información pública. Por tal motivo, los textos no reflejarán la posición de ninguna entidad pública o privada.
Finalmente, quiere agradecer a la Asociación Civil Derecho y Sociedad por la oportunidad de tener este espacio propio, lo cual he tenido interés en realizar desde que comenzó la actual pandemia. En particular, agradezco a su Comisión de Proyección Académica, a cargo de gestionar el Portal Jurídico Interdisciplinario Pólemos. Igualmente, agradezco a David Mayorga por transmitir la invitación, las sugerencias y las diversas coordinaciones, así como a Bibiana Paitán por el excelente diseño gráfico del espacio.
Referencias
[1] Barcelona Traction, Light and Power Company, Limited, Sentencia, I.C.J. Reports 1970, p. 32, párrafo 33.
[2] Gaeta, Paola, Jorge E. Viñuales y Salvatore Zappalà. Cassese’s International Law, 3a ed. Oxford: Oxford University Press, 2020, pp. 14-15.
[3] Tomado a través del portal Oxford Reference de la version digital de: Fellmeth, Aaron X. y Maurice Horwitz. Guide to Latin in International Law. Oxford: Oxford University Press, 2011.