Ornela Flavia Vanzillotta
Abogada (UBA), Miembro Regular de Carrera Docente, Ayudante de Segunda en la Cátedra del Dr. Juan Antonio Travieso, Administradora del Portal Académico de la materia “Derechos Humanos y Garantías”. Actualmente cursando “Maestría en Derecho Administrativo y Administración Pública” en Universidad de Buenos Aires, Facultad de Derecho.
Introducción
El artículo 1 de la Declaración de Naciones Unidas establece que “toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”. Por lo tanto, toda persona que de cualquier forma promueva o procure la realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos a nivel nacional o internacional, debe ser considerada como defensora de los derechos humanos.
Cada Estado, al aceptar un tratado y obligarse por sus condiciones, genera una serie de obligaciones y responsabilidades a las cuales debe ceñirse. En virtud de ello, los instrumentos de derechos humanos consagran derechos que los Estados deben respetar y garantizar a todas las personas bajo su jurisdicción. En este sentido, la labor de las defensoras y defensores de derechos humanos es fundamental para la implementación universal de todos los derechos regulados, como así también para la existencia plena de la democracia y el Estado de derecho, piedra basal de un Estado que se jacte de ser democráticamente igualitario.
La labor de las defensoras y defensores de derechos humanos ha sido esencial en la defensa de los derechos bajo dictaduras, gobiernos autoritarios y durante conflictos armados internos, tan típicos –lamentablemente- en la historia de los últimos 50 años de nuestra querida Latinoamérica.
En este contexto, el trabajo de las defensoras y defensores de derechos humanos es una piedra basal para el proceso de fortalecimiento de las democracias. Por esta razón, los problemas diarios que enfrentan las defensoras y defensores de derechos humanos han sido objeto particular de interés en el trabajo tanto de varios organismos de protección internacional como así también de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Si bien cuesta creer que en las sociedades actuales se sigan vulnerando ciertos derechos de las defensoras y defensores, la realidad es que ellos siguen siendo víctimas de agresiones, amenazas, hostigamientos, restricciones de derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros instrumentos internacionales, como así también en casos extremos, siendo víctimas de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas. Paradójicamente, en la mayoría de los casos, quienes cometen estos atropellos gozan de una total impunidad.
En este sentido, la Comisión se ha pronunciado en reiteradas ocasiones sobre el tema. Al respecto, ha entendido que cada vez que se pretende acallar, obstaculizar o vedar por completo la labor de las defensoras y defensores se niega a su vez a miles de personas la oportunidad de obtener justicia por violaciones a sus derechos humanos, poniéndose en riesgo la labor de protección y promoción de los derechos humanos, la verificación social del correcto funcionamiento de las instituciones públicas, el acompañamiento y apoyo judicial de víctimas de violaciones de derechos humanos, y por supuesto, de los mismísimos organismos de protección internacional de los derechos humanos.
En su informe sobre “La Situación de las Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos en las Américas”[1], la Comisión realiza un análisis respecto de que la promoción y protección de los derechos humanos involucra tres importantes dimensiones que deben ser protegidas por los Estados. La primer dimensión es individual y se desarrolla a través del ejercicio de los derechos individuales universalmente reconocidos, de los cuales son titulares cada una de las personas que se dedican a la defensa de los derechos humanos. En esta faz, los Estados deben garantizar que las defensoras y defensores, como todas las personas sujetas a su jurisdicción, no sufrirán violaciones a sus derechos ni sus libertades fundamentales.
La segunda dimensión, la colectiva, es la que entiende que la defensa de los derechos humanos es de interés público y en ella participan comúnmente distintas personas asociadas entre sí. Se interpreta también que la labor de las defensoras y defensores involucra otros derechos tales como el derecho de asociación, el de reunión o algunas dimensiones de la libertad de expresión.
Por último, encontramos la tercera dimensión, que es la social. Esta dimensión se refiere a la intención que tiene la promoción y protección de los derechos humanos de buscar cambios positivos en la realización de los derechos para la sociedad en general. El fin que motiva la labor de las defensoras y defensores incumbe a la sociedad en general y busca el beneficio de ésta, por ello, cuando se impide a una persona la defensa de los derechos humanos, se afecta directamente a la sociedad toda.
Esto también podríamos interpretarlo con la aplicación del principio “pro homine” – devenido en “pro individuo”-debido a que toda interpretación debe favorecer a la persona humana, y se le deben garantizar una amplitud de derechos con un margen alto de apreciación, en desmedro de derechos restrictivos o que menoscaben la protección integral de los mismos.
La situación en Latinoamérica.
La situación en América Latina es compleja. Si bien el área geográfica involucrada fue objeto de luchas y conflictos políticos gravísimos durante los últimos 50 años, también es cierto que en algunos lugares la situación se ha vuelto un tanto más complicada.
Veamos algunos ejemplos:
1. México
En México, las autoridades, la policía, los civiles, ven a los defensores y defensoras de derechos humanos como una amenaza a sus intereses creados, ya que trabajan para informar los abusos de aquellos y hacen campaña en favor de los derechos de los pueblos indígenas, los migrantes, las mujeres y las personas cuyos derechos protegen.
México, estadísticamente, es un país peligroso para defender los derechos humanos. Uno de los tantos informes de Amnistía Internacional[2] sobre la materia destaca innumerables casos de amenazas y ataques perpetrados contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. Los casos abarcados por Amnistía Internacional incluyen homicidios, detenciones indebidas, encarcelamientos por cargos penales falsos, acoso e intimidación. En muchas ocasiones, cuando el mal no llega a cometerse, es difícil saber donde se originan las amenazas debido a que, generalmente, son anónimas.
Respecto de las defensoras de sexo femenino, ocurre algo aun peor: la sexualización de la violencia. Actualmente, muchas de las amenazas que se están documentando hacia las defensoras de derechos humanos está dirigida hacia la violencia sexual que se puede ejercer contra ellas. Y hay una diferencia muy clara entre la violencia y la intimidación que se ejerce a una mujer y a un hombre defensor de los derechos humanos, ya que además, hay un componente de violencia de género, estigmatización y abuso de la “vulnerabilidad” de la figura femenina para perpetrar un ilícito.
2. Honduras y Guatemala
La persecución del colectivo de defensores de los derechos humanos sigue siendo un motivo de honda preocupación en Centroamérica. A pesar de que se ha progresado en la elaboración de normas internacionales de derechos humanos sobre la protección de estas personas, continúan recibiéndose informes de homicidios, amenazas de muerte, hostigamiento e intimidación de defensores y defensoras de derechos humanos de esta región. Investigaciones y procesamientos infundados, vigilancia de lugares de trabajo y de domicilios y robo de información y documentos importantes de derechos humanos, son algunas de las tácticas empleadas para intimidar a estas personas e impedirles proseguir con su labor. Amnistía Internacional considera que “la constante de abusos contra los derechos humanos de los activistas de derechos humanos cometidos en estos dos países es generalizada, no da muestras de mejora y, por ello, necesita que tanto los respectivos gobiernos nacionales como los de otros países del mundo le presten especial atención”.[3]
Un informe de agosto de 2014 [4] alerta acerca de la situación de riesgo que enfrentan las personas que defienden los derechos humanos en Honduras, así como los y las periodistas y los operadores de justicia, exclamando que es muy grave. Tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como la ex Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de las defensores y los defensores de derechos Humanos, Margaret Sekaggya, han manifestado su preocupación por la persistencia de ataques de distinto tipo, entre ellos asesinatos, amenazas, hostigamientos, allanamientos y robos en sedes de organizaciones, así como por la criminalización de la misma. La Corte Interamericana de Derechos Humanos también ha conocido sobre este contexto de riesgo en sus sentencias Kawas Fernández y Luna López vs. Honduras [5].
Respecto de Guatemala, la violencia que se da alrededor de los conflictos sociales asume formatos bien determinados y diseñados estratégicamente. En este marco, la agenda de derechos humanos y las personas que se ubican alrededor de la misma frente a vulneraciones específicas, son identificadas como un obstáculo y por tal motivo son atacadas de diversas formas. Los derechos humanos en general y el ejercicio de la ciudadanía en particular, han sido denigrados por sectores conservadores que se han logrado desarrollar bajo el amparo de privilegios y la amplia desigualdad social prevaleciente.
3. Colombia
En el conflicto armado interno de Colombia, que ya tiene mas de 45 años, son muy comunes las amenazas de muerte a defensores y defensoras de derechos humanos, activistas sociales, sindicalistas y dirigentes comunitarios.La mayoría de estos ataques se atribuyen a grupos paramilitares. Los grupos guerrilleros también atacan a quienes consideran una amenaza para sus intereses.[6]
Las defensoras, en este contexto, enfrentan riesgos cotidianamente. Estos riesgos son comunes tanto para hombres como para mujeres, pero también enfrentan riesgos particulares por su condición de género. Como diversos mecanismos internacionales han resaltado, las defensoras confrontan los roles culturales y las estructuras sociales tradicionalmente aceptadas. Su rol es generalmente poco reconocido, lo que las expone a mayores riesgos. Los mecanismos y actores encargados de su protección suelen omitir una perspectiva de género en su labor.
Las agresiones contra defensores de los derechos humanos en Colombia se incrementaron en 2014, año en el cual 626 sufrieron algún tipo de coacción y 55 de ellos fueron asesinados. Así se reveló en el informe anual que desarrolla la ONG Somos Defensores[7], que a la vez hizo un llamado de atención al gobierno nacional y las autoridades de seguridad para que tomen medidas al respecto.
Conclusión
Por todo lo expuesto, podemos concluir que si bien la Comisión ha reiterado que los actos de violencia y otros ataques contra las defensoras y los defensores de derechos humanos no sólo afectan las garantías propias de todo ser humano, sino que atentan contra el papel fundamental que juegan en la sociedad, sumiendo en la indefensión a todas aquellas personas para quienes trabajan, y que la labor de defensores y defensoras es esencial para la construcción de una sociedad democrática, y tienen un papel protagónico en el proceso para el logro pleno del Estado de Derecho y el fortalecimiento de la democracia, muchas veces nos encontramos con una Comisión atada de pies y manos, con una alta probabilidad de no poder hacer nada mas que “recomendar” que se cumplan ciertos estándares que no siempre son del todo claros.
Si bien en determinados casos, como por ejemplo en el del Servicio Internacional para los Derechos Humanos, se ha dado respuesta a los nuevos informes del Alto Comisionado sobre la situación en Colombia y Guatemala, exhortando a los Estados de América Latina a una mejora cualitativa y cuantitativa en la protección de los derechos de los defensores y defensoras, aun queda un largo camino por recorrer. Si bien ambos Estados tuvieron una disminución en los asesinatos de defensores/as de los derechos humanos en 2014, la prevención no alcanza. Hay que hacer más, y mucho.
Sumado a ello, hay otros factores en contra: las amenazas adicionales a las que se enfrentan mujeres defensoras y periodistas, así como las campañas de difamación y el acoso que se ejerce contra las organizaciones internacionales y representantes de las mismas.
En este sentido, los Estados de América Latina deberían tomar una serie de medidas prioritarias para contribuir a la protección de estas personas, a saber:
- Otorgamiento de garantías que los hagan sentir seguros, tanto a ellos como a su entorno familiar.
- Abordar riesgos adicionales que surjan de imprevistos, como por ejemplo aquellas mujeres defensoras de Derechos Humanos, o las que enfrentan las mujeres defensoras y activistas de los Derechos LGBTI.
- Acabar con la estigmatización de la defensa de derechos humanos y en todos los planos posibles donde pueda caber un prejuicio o preconcepto.
- Desarrollar políticas públicas de protección a defensores y defensoras de derechos humanos.
En virtud de lo expuesto, no puedo dejar de mencionar a “Front Line Defenders”,[8] una organización internacional para la Protección Internacional de los Derechos Humanos de los Defensores, quien ha documentado que en 2014, en América Latina existieron más defensores/as asesinados que en cualquier otro continente en el mundo.
Atento ello, y teniendo en cuenta que uno de los mecanismos más importantes con los que cuenta el sistema interamericano para la protección de las defensoras y defensores es el mecanismo de acciones urgentes – medidas cautelares y provisionales-, el sistema no siempre funciona a la perfección, lo cual permite que sucedan las desgracias, y que la labor de estas personas se obstaculice y/o trunque sin más trámite. Además, consideremos que el estado ideal de cosas sería la prescindencia de estos elementos, y el respeto previo junto a las garantías esenciales mínimas por parte de cada Estado, ya que es éste quien debe garantizar, en primera instancia, el cumplimiento de todos y cada uno de los derechos, por ser estos mecanismos de protección internacional subsidiarios a la garantía primigenia que debe otorgar cada Estado a sus habitantes.[9]
Estimo que ampliando el campo de espectro de la protección de las garantías mínimas fundamentales que protejan a este grupo, “educando” a los Estados mediante la labor cotidiana de los organismos de protección, junto a medidas rápidas, fiables, duraderas, y con supervisión constante, junto a un arduo trabajo de campo de parte de cada uno de los miembros implicados, podría ir mejorando paulatinamente esta situación tan preocupante y que tanto denigra los derechos humanos y los mancha constantemente, con un hilo de sangre.