Mayra Ramón Lavado
Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, Magíster en Derecho de los Sectores Regulados por la Universidad Carlos III de Madrid y doctoranda en derecho.
1. Introducción
En Perú prevalece el modelo de economía lineal, entendido como “aquel en el que se extraen las materias primas para producir bienes y servicios que serán empleados o consumidos por el ser humano y cuyo destino final será convertirse en residuos” (Ramón, 2025).
Los efectos de la economía lineal son medibles. Por ejemplo, en 2021 se produjeron 194 896 kilotoneladas de dióxido de carbono equivalente en los sectores de energía; procesos industriales y uso de productos; agricultura; uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y silvicultura; y desechos. En 2023 se generaron 6 094 366 toneladas de residuos sólidos domiciliarios y 2 611 871 toneladas de residuos sólidos no domiciliarios (MINAM-DGECIA-DIIIA, s/f). También, en 2023, 19 283 690 hectáreas fueron degradadas.
Con el propósito de paliar el impacto negativo del modelo de economía lineal, se opta por transicionar hacia una economía circular, al igual que en otras latitudes. Desde el 2006 se ha iniciado este proceso y uno de los aspectos clave son los negocios circulares, cuya inclusión se ha dado en la Hoja de Ruta Nacional de Economía Circular al 2030[1]. Específicamente, el Objetivo Estratégico 2 pretende “Impulsar y facilitar la innovación, digitalización, desarrollo y escalamiento de los modelos de negocios circular, así como de las acciones que contribuyen a la economía circular, dinamizando el mercado de materias primas secundarias y los eco y bio negocios”.
2. Concepto de negocios circulares, econegocios y bionegocios
De acuerdo con la hoja de ruta, por negocios circulares se entienden a todas aquellas empresas o emprendimientos que se alinean con todos los principios rectores de la economía circular (pensamiento sistemático, creación de valor, valor compartido, disponibilidad de recursos, trazabilidad de recursos, resiliencia de los ecosistemas y economía)[2]. Por ende, se excluye como tales a las que solo implementen acciones que contribuyen a la economía circular[3].
Dos conceptos se entremezclan en este punto: los econegocios y los bionegocios, pues puede pensarse que estos son equivalentes con los negocios circulares. Por un lado, los econegocios ofertan bienes o servicios y su práctica se basa en alcanzar la sostenibilidad económica, social y ambiental[4], conforme a los Lineamientos generales para identificar y promocionar los econegocios y bionegocios, aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 046-2020-MINAM. Por otro lado, los bionegocios son un tipo de econegocios[5] y consisten en “el aprovechamiento sostenible de los productos de la biodiversidad, teniendo en cuenta los criterios de sostenibilidad ambiental, social y económica”, y se subdividen en servicio de ecoturismo, productos de consumo directo y productos derivados de la flora y fauna, según los citados lineamientos. Por consiguiente, los econegocios y, específicamente, los bionegocios pueden recoger algunas características de la economía circular; sin embargo, no han sido propiamente creados como negocios circulares.
Un tercer concepto a considerar es la Sociedad de beneficios e interés colectivo (en adelante, Sociedad BIC), definida como aquella persona jurídica, constituida bajo alguno de los tipos societarios previsto en la Ley General de Sociedades, que se obliga “(…) voluntariamente a generar un impacto positivo y/o reducir un impacto negativo, integrando a su actividad económica la consecución del propósito de beneficio social y ambiental elegido por ésta”, conforme al artículo 3º de la Ley de la sociedad de beneficio e interés colectivo (Sociedad BIC), Ley Nº 31072, y el artículo 5º del Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31072, Ley de la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC), Decreto Supremo Nº 004-2021-PRODUCE. Tampoco esta Sociedad BIC desarrolla propiamente un negocio circular, aunque sí puede integrar sus lineamientos.
Ni los econegocios, bionegocios, ni las Sociedades BIC deben ser considerados negocios circulares per se, pues no cumplen con los requerimientos definidos en la citada hoja de ruta. Esta afirmación se refuerza al revisar la Política Nacional de Competitividad y Productividad y el Plan Nacional de Competitividad y Productividad de 2019-2030 y de 2024-2030, en los que se aprecia bajo qué contexto se fomentan los econegocios y bionegocios y los negocios circulares.
Los negocios circulares vienen siendo promocionados a partir del último Plan Nacional de Competitividad y Productividad, por lo que su desarrollo es aún incipiente. En contraste, los econegocios y bionegocios se encuentran más consolidados e incluso se cuenta con un catálogo de estos, localizado dentro del portal informativo de econegocios y bionegocios[6] a cargo de la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente.
Dentro de este catálogo se encuentra una serie de emprendimientos o empresas agrupados en cinco rubros: alimentación, moda sostenible, eficiencia de recursos, cosmética y bienestar, y turismo. En el rubro moda sostenible, y catalogado como bionegocio[7] se encuentra “Pequeños detalles”[8], una empresa que remanufactura los residuos textiles (uniformes corporativos y banners) producidos por empresas con plantas industriales a fin de convertirlos en productos de merchandising (tote bags, canguros, cartucheras, entre otros). Esta empresa incorpora la arista social al contratar a madres de familia que hayan participado del proyecto “Mujer Power”[9], con el propósito de que se encarguen del corte, diseño y confección de los productos solicitados por las empresas con las que “Pequeños detalles”, suscribe un contrato.
3. Conclusión
En el marco de una transición hacia una economía circular, lo que corresponde es que la administración defina si la meta es reconvertir los econegocios o bionegocios en negocios circulares o si se van a mantener en paralelo, pues ello no queda claro de la lectura de la Acción Estratégica 2.7, Promover la economía circular como parte de los econegocios y bionegocios, contenida en la Hoja de Ruta Nacional de Economía Circular al 2030.
Un primer paso será revisar el catálogo de econegocios y bionegocios para determinar si empresas como “Pequeños detalles” califican como negocios circulares o si solo vienen incorporando prácticas alineadas con la economía circular, máxime cuando son innovadoras y, sobre todo, cuando integran el factor social.
Bibliografía:
MINAM-DGECIA-DIIIA (s/f). Generación anual de residuos sólidos domiciliarios urbanos según departamento, 2014-2023.
MINAM-DGECIA-DIIIA (s/f). Generación anual de residuos sólidos no domiciliarios según departamento, 2014-2023.
Ramón Lavado, Mayra Guadalupe (2025). Los avances en la transición del modelo de economía lineal al modelo de economía circular en Perú. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, Nº 61.
SINIA (s/f). Distribución de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) por sectores IPCC, 2014-2021. https://sinia.minam.gob.pe/portal/estadisticas-del-sector-ambiente/?marcoOrdenador=sinia&eid=88&tab=datos
- Decreto Supremo Nº 003-2025-MINAM, Decreto Supremo que aprueba la Hoja de Ruta Nacional de Economía Circular al 2030, publicado el 25 de febrero de 2025. ↑
- La Hoja de Ruta Nacional de Economía Circular al 2030 desarrolla cada uno de los principios. Cabe precisar que los primeros cinco han sido adaptados de la NTP-ISO 59004:2024; el siguiente es una adaptación para dilucidar la economía circular; y, el último es adaptado tanto del principio economía recogido en el Decreto Legislativo Nº 1439 del Sistema Nacional de Abastecimiento, como del principio valor por dinero de la Ley Nº 32069 Ley General de Contrataciones Públicas. ↑
- En el acápite 1.4. de la Hoja de Ruta Nacional de Economía Circular al 2030 se establecen una serie de acciones que contribuyen a la economía circular en función a cuatro estrategias: crear valor agregado, retener valor, recuperar valor y regenerar ecosistemas. ↑
- En los citado lineamientos se recoge la aplicación de la sostenibilidad en los econegocios de la siguiente manera:
- La sostenibilidad ambiental en los econegocios consiste en “prevenir, reducir y revertir impactos en el ambiente con la finalidad de realizar un aprovechamiento sostenible de los recursos naturales”.
- La sostenibilidad social en los econegocios se basa en “adoptar prácticas de responsabilidad social en la distribución de la riqueza y generación de desarrollo local, así como brindar información veraz y prestar más y mejores servicios a las personas consumidoras y usuarias”.
- La sostenibilidad económica estriba en “generar riqueza en forma constante y sostenida, y con una distribución justa de beneficios”.
- Las cuatro categorías de econegocios son: productos de valorización de residuos, productos de construcción sostenible, productos de eficiencia de energía y recursos, y bionegocios. ↑
- Puede revisarse: Ministerio del Ambiente (s/f). Eco & Bio negocios. https://ecoybionegocios.pe/econegocios-y-bionegocios/ ↑
- A mi parecer esta calificación de bionegocio es errónea, pues le correspondería la de productos de valorización de residuos. ↑
- Para mayor abundamiento se puede revisar: Pequeños detalles. (s/f) Página principal. Recuperado de https://www.pdhandmadeperu.org/mujer-power-programa-social ↑
- De acuerdo con lo señalado en la web de Pequeños detalles: “El proyecto Mujer Power incentiva que las mujeres trabajen, generen ingresos económicos, establezcan pequeños negocios/emprendimientos en un entorno de cambio climático, sostenibilidad y desarrollo social, ambiental y económico. Este proyecto interinstitucional involucra las organiciones sociales Voluntarios.pe ONG y Pequeños detalles empresa social, la Universidad Privada del Norte y a la Municipalidad San Juan de Lurigancho” (Pequeños detalles, s/f). ↑
