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Sunedu prohíbe a universidades ofrecer programas de pregrado 100 % virtuales: ¡Una insensatez burocrática!

por PÓLEMOS
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Hugo R. Gómez Apac

 

Docente universitario


Hace unos años dictaba en la Facultad de Derecho de la Universidad Científica del Sur por vía virtual, casa de estudios en la que sigo siendo docente. Desde Quito impartía la clase de derecho administrativo en una universidad limeña y los alumnos residían en la ciudad capital y en otras ciudades o pueblos, algunos bastante alejados de ella.

Le pregunté a un alumno por qué no encendía la cámara, a lo que me respondió: «Estoy trabajando profesor. Soy vigilante.» El corazón se me estrujó.

En las clases virtuales, soy de los que exigen a los alumnos prender sus cámaras, pues detesto hablarle a una pantalla negra. Pero ese día entendí que debía flexibilizar mi regla, al menos con ese alumno, que me había dado una buena razón para no encender su cámara.

Cuando exiges que enciendan sus cámaras, ves alumnos —jóvenes o adultos— en su dormitorio, en una cocina mientras hay fuego en la estufa, a veces en un patio, en la calle debajo de un poste de luz, en el asiento trasero de un taxi, madres con sus hijos en el regazo, o dentro de una caseta de vigilancia. Pero ves algo más, sacrificio, las ganas de superarse, de luchar contra el infortunio. No todos tienen la facilidad de asistir a clases presenciales.

Hay carreras que requieren clases presenciales, como medicina, odontología, química, ingeniería; pero otras no, como derecho, historia, literatura, politología. Las disciplinas que solo requieren ver, escuchar, leer y escribir pueden ser impartidas de manera virtual, y hay plataformas como Zoom o Microsoft Teams que ayudan en tal propósito. La pandemia del Covid-19 nos enseñó que muchas actividades se pueden realizar usando el internet, como la docencia, las audiencias judiciales virtuales y el teletrabajo o trabajo remoto.

Se ha dicho mucho acerca de las ventajas de lo virtual frente a lo presencial. Lo más importante, se ahorra tiempo y dinero. Desde el distrito de Panao en Huánuco puedes asistir a clases en una universidad limeña o piurana. Una universidad de Cajamarca o Puno puede tener profesores que dictan desde Lima, Bogotá o Buenos Aires. El año pasado dicté el curso de Introducción al Derecho (pregrado) en la Universidad de Las Américas (UDLA) del Ecuador, y la clase era híbrida. Había alumnos que residían en Quito (Pichincha) y otros en Manabí (provincia ubicada en la costa ecuatoriana).

Para el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) no existe internet, no hubo pandemia ni existen las lejanías. Seguramente cree que Lima es una ciudad pequeña sin problemas de tráfico vehicular. Mediante Resolución del Consejo Directivo 00006-2024-SUNEDU-CD, publicada en el diario oficial El Peruano el 27 de febrero de 2024, ha prohibido a las universidades ofertar, crear y/o admitir estudiantes en programas de pregrado con un componente de 100 % virtualidad.

Me pregunto, para arribar a tan brillante prohibición, ¿hizo análisis costo-beneficio? ¿Hizo análisis de impacto regulatorio? Es evidente que no.

En un mundo de recursos infinitos, una clase presencial puede ser mejor que una clase virtual. En modo presencial, hay más cercanía con los alumnos, el profesor detecta rápidamente a los distraídos o aburridos, y el solo hecho de caminar dentro del salón le permite al docente estar más energético. Mi experiencia de años dictando en ambas modalidades me permite afirmar que el docente habla más en una clase virtual que en una presencial, pues en esta, precisamente por ser más activa, genera más debates y también más distracción. En otras palabras, los alumnos intervienen más en las clases presenciales que en las virtuales. En una clase virtual de dos horas, 15 minutos de break son 15 minutos; en una clase presencial, entre que salen y entran los alumnos, entre que conversan entre ellos y con el profesor, los 15 minutos se pueden convertir en 30.

Vivimos en un mundo de recursos escasos. Hay personas que necesitan trabajar para pagar sus estudios. Hay madres que quieren estudiar y no pueden encargar a terceros el cuidado de sus hijos. Quizá solo puedes estudiar de noche, pero tu trabajo está a dos horas de la universidad, o a cientos de kilómetros de esta. Puedo dar decenas de ejemplos de situaciones que justifican las clases virtuales.

¿Qué es lo que debería hacer la Sunedu? Pues dotar de flexibilidad a las universidades. Que ellas determinen, en función de las necesidades de la demanda, qué clases serán presenciales, cuáles 100 % virtuales y en qué circunstancias híbridas.

La decisión de la Sunedu es un ejemplo más de lo nefasto del intervencionismo estatal. De considerar que un grupo de burócratas está en mejor capacidad que los ciudadanos para decidir qué es lo que más les conviene a estos.

El burócrata con poder que le dice al joven vigilante: «Yo quiero una educación universitaria de calidad. Si quieres ir a la universidad, tiene que ser de manera presencial. Dices que no puedes. Dices que las universidades pueden ofrecerte clases virtuales. No me importa. Yo sé lo que más te conviene. Es mejor que sigas siendo vigilante a que tomes clases universitarias virtuales».

Imagínese una “Sunedu” de los restaurantes. Prohibido los vasos y cubiertos de plástico, queremos vasos de cristal y cubiertos de acero inoxidable. Prohibida las servilletas de papel, queremos servilletas blancas de algodón. Prohibida la venta de comida en quioscos, prohibida la venta de anticuchos en carretillas, queremos restaurantes con maître, meseros y mantel de lino. ¡Queremos un servicio de la más alta calidad!

Más eficaz y eficiente que la Sunedu es un sistema de provisión de información relevante a los consumidores. El Ministerio de Educación podría elaborar un ranking anual o semestral de las universidades peruanas, sobre la base de la empleabilidad (qué tan rápido obtienen trabajo) e ingresos de los egresados, la opinión de los empleadores (los gerentes y oficinas de recursos humanos, tanto del sector público como privado), sus publicaciones y otros factores. Con información relevante, que sean los consumidores (los padres de familia y los estudiantes) los que elijan, sobre la base de sus preferencias e ingresos (disponibilidad de gasto), cuál es la mejor universidad para ellos.

Que el consumidor elija aquello que, por sus circunstancias personales, es aquello que más le conviene, como el asistir a una universidad que ofrece clases de pregrado 100 % virtuales.

Desde la perspectiva de las universidades (agentes económicos), la prohibición establecida por el Consejo Directivo de la Sunedu es una barrera burocrática carente de razonabilidad. 

Quito, marzo de 2024.

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