Katherine J. Durand Bustamante
Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), con Segunda Especialidad en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social por la misma universidad. Maestría en Políticas Públicas, con especialidad en Justicia Social y Derechos Humanos por Central European University (Hungría/Estados Unidos).
Allá por 1817, Robert Owen acuñaba el gran objetivo de lograr una jornada diaria de ocho (8) horas de trabajo, en un contexto en el que la revolución industrial hacía primar la producción masiva en las fábricas, mercantilizando a la propia fuerza humana. Así, nació el lema de “ocho horas de trabajo, ocho horas de recreo, ocho horas de descanso”, repartiendo las horas del día en los tres (3) elementos esenciales de la vida humana, el trabajo, el ocio y el tiempo para dormir.
El tiempo de trabajo fue un tema tan importante que, tras su reconocimiento en el Tratado de Versalles, el primer Convenio Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de 1919, año en que se constituyó la OIT, versó sobre las horas de trabajo. Este instrumento internacional reconoció como regla general que, “la duración del trabajo del personal no podrá exceder de ocho horas por día y de cuarenta y ocho por semana.”
Han pasado más de doscientos (200) años desde la lucha por lograr la jornada diaria de ocho (8) horas de trabajo y un poco más de cien (100) años desde el Convenio No. 1 de la OIT; y, al menos en nuestro país, pese a todas las modificaciones en nuestra vida como sociedad y a los cambios propios de la modernidad, seguimos -a veces incluso solo si tenemos suerte- con la jornada diaria de ocho (8) horas de trabajo o de cuarenta y ocho (48) horas semanales. ¿Por qué?
Como toda cuestión social, la respuesta es compleja. Sin embargo, contrario al lenguaje jurídico que suele crear dolores de cabeza, propongo un enfoque simple: Nos hemos rehusado a vernos más libres. El ser humano ha creado máquinas que facilitan su trabajo, ha desarrollado tecnología que ha hecho más eficiente sus labores, y el futuro del trabajo aparece marcado por la era de la digitalización y la inteligencia artificial. Y, aún con todo ello, seguimos trabajando las mismas horas y con la misma organización del tiempo del trabajo.
El Tiempo de Trabajo: Algunos datos
Según datos de la OIT [1], en América Latina son varios los países que aun contemplan la jornada máxima de trabajo semanal en 48 horas, entre ellos, Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, México, Nicaragua y Perú. Mientras que, entre los países de la región que tienen jornadas máximas laborales menores, tenemos a Chile con 45 horas, Brasil, República Dominicana, El Salvador y Honduras con 44 horas, y Ecuador con 40 horas.
Por su parte, si giramos la mirada hacia los países con mayor desarrollo, estos suelen tener como regla una jornada máxima laboral semanal de 40 horas o menos, tal es el caso de Noruega, Suecia, Canadá, Francia o Austria; siendo que otros, como Dinamarca, Alemania y Países Bajos tienen reglas especiales respecto al cómputo de sus jornadas máximas laborales a nivel legal, pero reflejan las cifras más bajas de horas reales de trabajo.
Así, el desarrollo no supone únicamente el reconocimiento legal de una jornada laboral máximo menor a 48 horas semanales. De hecho, de acuerdo con los datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), Dinamarca, Noruega, Alemania y Países Bajos son los países que registran la menor cantidad de horas trabajadas; en contraste con México, Costa Rica y Chile, países de la región América Latina que se encuentran entre los países a nivel mundial que registran la mayor cantidad de horas trabajadas durante el 2019 [3].
De lo anterior podemos identificar dos (2) cuestiones relevantes. Primero, la tendencia legal marcada por los países más desarrollados es la reducción de la jornada máxima de trabajo. Segundo, el llamado “desarrollo” no se limita a una reducción legal de la jornada máxima, sino que su cumplimiento pasa por un tema cultural y social en el que la jornada máxima cumple su rol de ser un “tope”, lo que se evidencia en la realidad de las horas trabajadas por las personas que suele encontrarse por debajo del máximo permitido.
A nivel nacional, no contamos con una encuesta actual y especializada para conocer el real tiempo de trabajo de los/as peruanos/as. Por ejemplo, la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo (ENUT) es de hace 10 años y, si bien de esta se desprende que el total de trabajo es de 61.3 horas a la semana, esta cifra comprende tanto el trabajo remunerado como el no remunerado [4].
Sin perjuicio de ello, la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO) 2018 nos da algunas luces de la situación [5]. De esta se identifica que, a la pregunta: ¿Cuántas horas trabajó la semana pasada en su ocupación principal (total)?, se tiene que la respuesta más popular fue 48 horas (9.4%), lo que podría explicarse con la reacción natural de responder lo que constituye la jornada laboral propia del centro de trabajo o, si se prefiere, del país; pero quizá lo preocupante se encuentre al identificar que el 23.3% del total de la población encuestada respondió que laboró más de 48 horas en la semana, esto es, al menos 1 de cada 5 peruanos/as laboró por encima de la jornada laboral máxima de trabajo, estimación que se eleva a casi 1 de cada 4 peruanos/as por encima de la jornada laboral máxima si se considera el total de horas que normalmente trabajan en todas sus ocupaciones (en caso se tenga ocupación principal y secundaria).
Entonces, ¿qué estamos esperando?
En 1930, es decir, hace 90 años -insistiendo en enfatizar cuántos años han transcurrido-, el economista John Maynard Keynes, al presenciar el auge y los resultados de la modernización de las fábricas y la producción en masa, predijo que el cambio tecnológico y las mejoras en la productividad eventualmente conducirían a una semana laboral de quince (15) horas. El razonamiento de Keynes se centraba en identificar que, al producir más con menos (“ser más productivo”), todas nuestras necesidades se cubrirían con menos trabajo, liberando más tiempo para el ocio.
Estamos lejos de la predicción de Keynes y es que son diversos los factores que enfrentamos en la actualidad. A nivel económico, los detractores de una reducción de la jornada laboral suelen argumentar que esta supone una necesaria disminución de la producción cuando lo que puede ocurrir es que los beneficios de esa producción no estén siendo repartidos equitativamente, además del alto nivel de informalidad de nuestro mercado de trabajo; a nivel político, el tema de reducción de la jornada de trabajo no resulta marcado como prioritario en la agenda porque supone ir en contra de una consagrada ética de largas horas de trabajo; a nivel sindical -parte esencial de las relaciones de trabajo- el debilitamiento de las organizaciones sindicales en nuestro país impiden consolidar el poder de negociación necesario para alcanzar mejores condiciones; a nivel social, resulta controversial buscar reducir normativamente la jornada máxima cuando la realidad es que se trabaja incluso más que la vigente, a lo que se suma una cultura del consumismo que presiona por una constante necesidad de bienes y servicios. El camino para replantear estos aspectos es largo, pero necesario de abordar bajo la óptica del trabajo decente.
La Agenda para el Desarrollo Sostenible: el Tiempo de Trabajo Decente
El Objetivo 8 de la Agenda para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas busca promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y trabajo decente para todos/as. El tiempo de trabajo, por su esencial relación con la vida de los/as trabajadores/as es indiscutiblemente parte de este trabajo decente.
En base a lo planteado por el Programa de la OIT sobre las Condiciones de Trabajo y del Empleo (TRAVAIL) [5] se identifican al menos cinco (5) dimensiones esenciales a considerar en el camino hacia un “tiempo de trabajo decente”:
1. La distribución del tiempo de trabajo debe promover la salud y la seguridad: Largas jornadas de trabajo y el trabajo en horarios “asociales”, como la noche, suelen no ser las preferidas por los/as trabajadores/as, pero además suelen implicar riesgos a la salud. Excesivas horas de trabajo -más aun en horarios inadecuados- incrementan los accidentes laborales y los riesgos psicosociales; resultando en un costo no solo del/de la trabajador/a, pues repercute en la sociedad en su conjunto.
2. El tiempo de trabajo debe ser conveniente para la familia: Inevitablemente, el tiempo de trabajo impacta en nuestras vidas personales y, en consecuencia, en nuestra dinámica familiar. Por ello, es necesario que la dinámica de trabajo tome en cuenta este componente y se reciba positivamente la flexibilización de las horas de trabajo, de tal manera que se permita un mejor equilibrio entre el trabajo y la vida familiar y personal. El Convenio No. 156 de la OIT sobre los/as trabajadores/as con responsabilidades familiares recoge la importancia de crear la igualdad efectiva de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras para lo cual se requiere políticas públicas activas que modifiquen el papel tradicional tanto del hombre como de la mujer en la sociedad y en las familias.
3. El tiempo de trabajo debe promover la igualdad de género: Una jornada de trabajo reducida puede favorecer el reparto de tareas del hogar no remuneradas que tradicionalmente recae en mayor medida sobre las mujeres, pero esto debe ir de la mano con políticas sobre el tiempo de trabajo que promuevan que tanto los hombres como las mujeres puedan combinar el trabajo remunerado y las responsabilidades familiares, así como encuentren en su trabajo igualdad de condiciones. Este tema es de gran importancia y requiere un cambio cultural significativo.
4. El tiempo de trabajo debe ser productivo, rentable y sostenible: Ser parte de una organización en la que se tiene horas de trabajo razonables que permiten armonía con la vida familiar y personal, tiene un impacto directo positivo en la productividad. Trabajadores/as menos cansados, realizan sus labores con mayor motivación y compromiso, reduciendo el ausentismo y la rotación de personal. Las organizaciones requieren ser competitivas, pero debemos desterrar la idea que ello solo se consigue con jornadas interminables de trabajo. El trabajo productivo supone ser eficiente en las horas destinadas al mismo.
5. Debe facilitarse la elección y la influencia del/de la trabajador/a en sus horas de trabajo: Otorgar a los/as trabajadores/as la oportunidad de elegir u opinar en sus horas de trabajo implica tomar en cuenta sus necesidades y preferencias personales y, por tanto, subjetivas, antes que asumir que un solo parámetro funciona para todos/as por igual. Esto puede impulsarse en conjunto con las organizaciones sindicales, para que todos los intereses, incluyendo los de los/as empleadores/as se vean reflejados en la determinación del tiempo de trabajo.
En términos generales, el tiempo de trabajo decente supone pensarlo desde un enfoque de derechos humanos [6]. Este enfoque se refleja en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en cuyo artículo 24 se recoge que toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas; a lo que debe añadirse el reconocimiento de la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y la finalidad de promover el progreso social, así como elevar el nivel de vida dentro del concepto más amplio de la libertad.
Reflexión final
Recientemente se ha publicado el Decreto de Urgencia N° 127-2020 que reconoce el derecho a la desconexión digital. Independientemente de las opiniones técnicas que pueden hacerse a la norma y de la evaluación de su pertinencia frente a los excesos de la era digital y el trabajo remoto ¿no nos sorprende la necesidad de una nueva regulación para proteger -esencialmente- un derecho fundamental tan conocido como la jornada máxima de trabajo? Ciertamente, el trabajo dignifica de muchas maneras, pero algo debe estar ocurriendo si necesitamos una norma nueva para desconectarnos digitalmente, y si seguimos con las mismas clásicas reflexiones de si trabajamos para vivir o vivimos para trabajar o -siendo más filosóficos- si pensamos en cuántas personas al reflexionar sobre su vida se arrepienten de no haber trabajado lo suficiente.
Si algo de lo anterior llama la atención del/de la lector/a, empecemos por lo propio. Iniciemos y culminemos esa reunión a la hora programada, repensemos si el tema es realmente urgente antes de hacer esa llamada fuera del horario de trabajo, conversemos con nuestro jefe/a cuando la lista de pendientes sobrepasa nuestro tiempo a disposición del trabajo y, si somos jefes/as, entendamos la responsabilidad de un reparto equitativo de labores, trabajemos en equipo pero eficientemente, démosle tiempo de calidad a los miembros de nuestro hogar, tengamos ese encuentro -virtual si es necesario- con la familia y/o amigos/as, rechacemos ese encargo que supone perder el tiempo que ya estaba previsto para el espacio y vida personal.
El miedo a perder el trabajo o no ser bien visto en este suele silenciarnos y esto se agudiza en tiempos de crisis como el presente; por ello es cuando resulta más importante recordar el camino hacia el trabajo decente que queremos alcanzar, ese que realmente nos causa bienestar.
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Referencias
[1] ILO Working Conditions Laws Database. OIT, Ginebra. Disponible en línea: http://www.ilo.org/dyn/travail
[2] https://data.oecd.org/emp/hours-worked.htm
[3] Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y El Caribe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). “Tiempo total de trabajo”. Disponible en línea: https://oig.cepal.org/es/indicadores/tiempo-total-trabajo
[4] La base de datos de la ENAHO 2018 se encuentra disponible en línea: https://webinei.inei.gob.pe/anda_inei/index.php/catalog/672/variable/V345
[5] Organización Internacional del Trabajo (2007). Programa sobre las Condiciones de Trabajo y del Empleo (TRAVAIL). Tiempo de Trabajo Decente. El equilibrio entre las necesidades del trabajador con las exigencias de los negocios. Primera edición.
[6] Oficina Internacional del Trabajo (2018). Garantizar un tiempo de trabajo decente para el futuro. 107° Reunión. Informe III (Parte B). Primera edición.